Banco Nacional de Datos Genéticos - 2do Round.
LEYES, NEGOCIOS Y
MENTIRAS
“El collar químico de
ADN que envuelve el cuello
a veces como un hermoso
adorno
–nuestro derecho de
nacimiento, nuestra historia-
y otras veces como un
nudo corredizo”
Amy Michael Homes, La
hija de la amante.
Desde la sanción de la ley 26.548 en 2009,
de creación de un nuevo Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), el
kirchnersimo viene generando varios descalabros con la excusa de la aceleración
de una de las políticas centrales referidas a la tan mentada Memoria, Verdad y
Justicia, como es la restitución de los hijos de desaparecidos apropiados
durante la última dictadura militar.
La ley de 2009, fogoneada por los organismos
acólitos del gobierno, modificó el objeto fundacional del Banco, creado no sólo
para resolver uno de los crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura
como es la apropiación de hijos de desaparecidos, sino para actuar más
ampliamente en todos los conflictos relativos a la filiación de las personas, y
lo acotó a los casos de apropiación registrados hasta el 10 de diciembre de
1983. Además, esa ley dispuso su mudanza física del Hospital Durand al
Ministerio de Ciencia y Tecnología nacional.
Tras varios pedidos de entrevistas e informes a
los funcionarios del área involucrada, incluido el propio ministro Lino
Barañao, los organismos no alineados con el gobierno no obtuvimos explicaciones
suficientes sobre los motivos y modalidades del traslado, y planteamos varios
cuestionamientos sobre la aplicabilidad de la nueva ley, porque afecta derechos
esenciales que el Estado debe garantizar.
Como último recurso, en agosto pasado hicimos un
abrazo al actual Banco en el Durand y tuvimos que presentar una medida cautelar
en el fuero Contencioso Administrativo para generar una discusión seria sobre
el tema. Planteamos objeciones de constitucionalidad de 2 artículos de la ley,
y requerimos la preservación de todas las muestras existentes en el actual
BNDG, no sólo las referidas a lesa humanidad.
EL 12 de Septiembre el Juez Marinelli dictó una
medida preliminar y detuvo el traslado hasta aclarar las objeciones de fondo.
Puestos a revisar la cuestión desde su comienzo,
descubrimos varios tópicos no reflejados en la discusión que el tema tomó en la
agenda mediática nacional. En esta nota aportamos algunos argumentos a lo que
ya venimos sosteniendo en política y en la justicia, tanto en lo referido a la
improvisación legislativa como en los agujeros negros presupuestarios que
rondan al tema.
LA NOVEDAD DESDE EL COMIENZO
El traslado del Banco Nacional de Datos Genéticos es un viejo
anhelo del kirchnerismo.
Hacia octubre de 2006 había en discusión en el Congreso un
proyecto del diputado Remo Carlotto que proponía la creación de un “Instituto
Nacional de Datos Genéticos para el esclarecimiento de Delitos de Lesa
Humanidad” y planteaba su funcionamiento en el ámbito del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La iniciativa estaba acompañada por
las firmas de 11 diputados del Frente para la Victoria, más Miguel Bonasso por
Convergencia y Hermes Binner por el Partido Socialista. (1)
Y si bien aquel proyecto comenzaba a delinear la idea de un
traslado del Banco y su acotamiento a delitos Lesa Humanidad, no establecía una
fecha límite para los casos en que el nuevo Banco actuaría, como si lo hace la
Ley de 2009. De hecho el proyecto de Carlotto era mucho más completo que el
Decreto 38/12, reglamentario de la nueva Ley del Banco, porque estipula
detalles de administración, del equipo técnico, de controles de calidad,
llamado a concurso y conformación de un Directorio con representantes de la
Secretaría de DDHH, del Ministerio de Salud, del de Desarrollo y de la
CO.NA.D.I.
Entre los fundamentos el proyecto destacaba que las “técnicas que
permitieron la identificación de los niños o jóvenes a través del análisis de
histocompatibilidad, hoy fueron reemplazadas por el avance de la genética y la
utilización del ADN como método, ganando en eficacia en la búsqueda”. Ello no
excluye el funcionamiento del actual BNDG, que ha sido reconocido como modelo
mundialmente y que ha incorporado estudios de ADN en marcadores genéticos
autosómicos, ADN mitocondrial, haplotipos de cromosoma X e Y, SNPs y todo otro
tipo de prueba que el desarrollo científico generó en estos años. Además,
el proyecto afirmaba que la supuesta “modernización del BNDG a casi dos décadas
de su creación por ley apunta a cumplir con las obligaciones estatales” que
prescribe la Comisión Interamericana de DDHH. Y da por sentado que para una
adecuada actualización técnica hay que trasladar el Banco. Lo único que el
proyecto detallaba sobre el traslado era que “los datos registrados hasta la
fecha en el BNDG integrarán el Archivo Nacional de Datos Genéticos del INDG,
por lo que deberán ser incorporados. De esta manera, se garantiza la
preservación de los datos, tanto de los jóvenes que se han acercado en busca de
su identidad como de los familiares que han dejado sus muestras de ADN, algunos
de los cuales han fallecido”. Puesto a consideración del Congreso, en Diciembre
de 2006 hubo dictamen de mayoría y de minoría para realizar modificaciones al
proyecto Carlotto, y se aprobó una moción para que vuelva a Comisiones.
Tres años más tarde, en septiembre 2009, el Poder Ejecutivo
Nacional presentó un proyecto firmado por Aníbal Fernández y Julio Alak,
insistió con la creación de un nuevo Banco en el Ministerio a cargo de Alak y
con que la adecuación técnica justificaba el traslado. Resulta evidente que el
proyecto del PEN está copiado del proyecto de Carlotto porque muchos
fundamentos son exactamente iguales. Es decir: lo que no pudo aprobarse por
iniciativa de un diputado por falta de consenso, se impulsaba ahora desde el
Ejecutivo. Es interesante destacar que mientras el proyecto del PEN es de
septiembre 2009, ya el 6 de mayo de 2009 el mismo PEN había dictado el Decreto
N°511, firmado por CFK y los ministros Sergio Massa, Aníbal Fernandez,
Florencio Randazzo y Graciela Ocaña. Allí se invocaba la Ley de Protección de
Datos Personales (Nº 25.326) y la Declaración Universal sobre el Genoma Humano
y los Derechos Humanos, aprobada en 1997, y se afirmaba que “resulta necesario
adecuar las disposiciones del Decreto Nº 700 del 24 de mayo de 1989 a fin de
adaptar el funcionamiento del BNDG a los estándares jurídicos y técnicos
vigentes en la materia”. (2)
Pero para ello no proponía ningún traslado, sino que mandaba a
sustituir el Decreto del ’89 por otro que puntualizaba que el BNDG “tendrá su
asiento en el Hospital General de Agudos 'Carlos G. Durand'
dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires” y que ello incluiría “la
estructura y planta de personal, ámbito físico, mobiliario y equipamiento”. En
concreto: se pregonaba la adecuación sin necesidad de traslado desde el mismo
poder de Estado que simultáneamente exhortaba a una injustificada mudanza.
VIEJAS OBJECIONES
Revisando la versión taquigráfica de la discusión en el Senado y
en Diputados en 2009 encontramos que muchas de las objeciones planteadas por el
grupo de organismos que presentamos la cautelar en agosto de 2013, ya habían
sido planteadas por los diputados opositores en 2009 frente al proyecto oficial
de traslado.(3) La única novedad al momento de aprobación de la ley
del nuevo Banco fue el inopinado paso de destino del traslado desde el antes
adecuado Ministerio de Justicia al, supuestamente ahora más pertinente, de
Ciencia y Tecnología.
Si lo que se buscara con la nueva ley es acelerar la política de
restituciones, hay que poner en claro que hoy el Banco funciona con un
fondo comparativo equivalente a menos de la mitad de los 500 casos que se
estimó históricamente, que de los 109 casos de restitución efectiva al momento, los
identificados por análisis de laboratorio, sean genéticos o inmunológicos,
suman 62 -de los cuales los 9 primeros fueron identificados por el servicio de
inmunología del Durand antes de la creación del BNDG-, y que el resto fue
localizado e identificado por abuelas por otros medios; y que esos 62 positivos
fueron extractados de otros 4200 casos que dieron negativos. Claro que eso es
menos un argumento para especializar el Banco desnaturalizando su objeto
fundacional que la base del reconocimiento de los logros a medias de una
obligación del Estado, como es otorgar identidad a los hijos de desaparecidos.
AL DESCUBIERTO
Con posterioridad al fallo de la justicia de septiembre pasado,
que atiende la medida cautelar que presentamos los organismos que criticamos el
desguace y desnaturalización del Banco e impide provisoriamente su traslado, el
ministro Barañao hizo publicar en la página del Ministerio un comunicado
queriendo dilucidar temas que nunca antes había aclarado, y que no están en
ningún articulado de la nueva ley, ni de su decreto reglamentario. (4)
De hecho, son patentes las desprolijidades de ese Decreto N°38 de
Noviembre 2012, que reglamenta la nueva ley del Banco. El texto tiene 29
artículos, de los cuales 15 están aún sin reglamentar pese a que el Ejecutivo
insiste con el traslado por tener una ley marco aprobada en el Congreso. El
articulado estipula cuestiones administrativas relativas al control de calidad
de las muestras ya trasladadas, a la integración del Directorio y Consejo
Consultivo del nuevo Banco, sus funciones y sueldos. Pero nada dice de la
conformación del plantel técnico de trabajo, ni de las modalidades técnicas del
traslado material de las muestras sensibles. Mucho menos sobre las miles de
muestras de casos de filiación no relativas a delitos de lesa humanidad
alojadas actualmente en el Banco del Durand, que al no estar contempladas por
la nueva ley, quedarán en un limbo legal del cual el Estado parece no hacerse
cargo.
Con la cautelar encima, Barañao insiste ahora con la idea de que
la adecuación técnica justifica el traslado y acotamiento del Banco, y dice que “Si
bien la Ley 23511 del año 1987 que creó el BNDG mencionaba en su primer
artículo que el objeto del Banco era el ‘esclarecimiento de conflictos
relativos a la filiación’, todas sus disposiciones operativas se refirieron
fundamentalmente a la identificación de “niños desaparecidos o nacidos en
cautiverio” por el accionar del terrorismo de Estado que asoló al país hasta el
10 de diciembre de 1983. En realidad, si bien el proyecto de ley original de la
23.511 que se envió al Congreso en abril de 1986 establecía que el objeto del
banco sería "obtener y almacenar la información genética de familiares de
niños desaparecidos o presuntamente nacidos en cautiverio", durante su
debate parlamentario en 1987 tanto senadores como diputados dispusieron por
unanimidad que el objeto del Banco se ampliara "a fin de obtener y
almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento
de conflictos relativos a la filiación". Esa fue una inquietud explícita
de Chicha Mariani en aquel momento, porque se concebía el derecho a la
identidad como un todo, y así quedó plasmado en la Ley 23.511.
Apurado a dar explicaciones, el ministro ensaya que si en el ‘87
se estableció “que la dirección del BNDG recaía en el jefe del Servicio de
Inmunología del Hospital Durand”, se lo hizo “porque en esa fecha ese servicio
poseía el único laboratorio del sector público que realizaba las pruebas en las
que se basaba antiguamente la identificación genética”. Y que como “el
Ministerio de Ciencia se manifiesta a favor de la universalidad del derecho a
la identidad y trabaja en distintos ámbitos para encontrar una alternativa que
satisfaga esta necesidad”, justifica el acotamiento del objeto del Banco porque
“existen otros laboratorios públicos que pueden hacer la tarea” de otros casos
relativos a filiación que no sean lesa humanidad. Lo que el ministro no aclara
es que, aún con la existencia de otros laboratorios, que además no tienen
la experiencia del Banco para trabajar en identificaciones (por ejemplo
con vínculos discontinuos), ello no excluye la responsabilidad del Estado a
normar el acceso al derecho a la identidad y no generar el vacío legal que la
nueva ley abre.
Por último, Barañao reconoce en Octubre de 2013 que el cruzamiento
de los bancos del Durand y del EAFF “será realizado en cualquier sede en la que
el BNDG funcione, incluso si este permaneciera operativo por más tiempo en el
Hospital Durand”.
Es curioso que dos de los especialistas designados por el ministro
para la coordinación del traslado opinen lo contrario. En una entrevista
brindada a la oficina de prensa de la facultad de Exactas este mes, Víctor
Penchaszadeh afirma que “Nunca se van a fusionar las bases porque cada cual tiene
objetivos diferentes. Una es para la identificación de restos óseos de personas
desaparecidas y la otra es para identificar hijos de desaparecidos, nietos de
abuelas”. (5)
Al Dr. Penchaszadeh hay que reconocerlo como figura central
en la creación del BNDG en los ’80, pero también hay que señalar que se le
escapa que la búsqueda es también de tíos sobre sobrinos o de hermanos sobre
hermanos, y que su opinión es contraria a lo que establece la nueva ley, que
habilita intervención de “Auxiliar a la justicia y/o a organizaciones
gubernamentales y no gubernamentales especializadas en la materia (...) en la
identificación genética de los restos de personas víctimas de desaparición
forzada”. (6)
O bien del decreto reglamentario, que afirma que el nuevo Banco deberá
ampliar su archivo informático con perfiles genéticos “ obtenidos a partir de
estudios realizados en el BANCO o aquellos obtenidos por otras organizaciones
especializadas en estudios genéticos realizados en el marco de convenios
suscriptos entre el Estado Nacional”. (7)
La incauta concepción de que la identificación de restos va
por un carril distinto a la identificación de personas apropiadas parece no
tener en cuenta el detalle de que ambos casos son producto del mismo plan
criminal y que los familiares de las personas a las que pertenecen los restos
óseos serían familiares además de los jóvenes que buscan su identidad si éstos
resultaran ser hijos de las personas a las que corresponden los restos.
Quizás el ministerio debería revisar la contradictoria
estrategia de prensa que viene desarrollando, mucho más teniendo en cuenta que
las notas periodísticas que daban cuenta de la desnaturalización del Banco por
la voluntad de desarrollar investigaciones en medicina genómica, y del
involucramiento de los Doctores Dopazo, Penchaszadeh y Targovnik, en esas
circunstancias, fueron sacadas bajadas de la red a partir de la presentación
judicial de los organismos que denunciábamos tal hecho.
Entre ellas, la página de la Fundación Centro de
Investigación Príncipe Felipe (Valencia, España), que en diciembre pasado
anunciaba que la institución “colabora en la puesta en marcha del Nuevo
Instituto de Genómica Humana de Argentina”, y además daba detalles del cruce
del negocio de la genómica humana y el intercambio científico que el
Estado promueve “aprovechando la experiencia y labor pionera del
BNDG, fundado por Abuelas de Plaza de Mayo, para alojar un nuevo Banco Nacional
de muestras físicas y digitales de ADN de la población Argentina”. (8)
CERO A LA ENÉSIMA
El Ministerio que conduce Barañao fue creado en 2003, y viene
administrando un presupuesto de entre 2.600 y 3.100 millones de pesos anuales
con 546 cargos en Recursos Humanos. Eso representa un 0,6 % del presupuesto total
de la Administración Pública Nacional. El área tuvo un aumento de más de 400
millones de pesos entre 2011 y 2012, años en que se comenzó a construir la
nueva sede del Banco.
En su ejecución 2012, estipula 4 áreas de programas, de los cuales
el programa 43, que tiene entre sus funciones “asistir financieramente al nuevo
BNDG”, incluyó casi 360 millones de pesos en 2012 y casi 390 millones en 2013.
Entre las actividades específicas del programa 43, la N° 13 se denomina
“Acciones del BNDG” y con 33 cargos en recursos humanos viene recibiendo entre
11 y 13 millones de pesos (3,5% del total presupuestario del Ministerio). (9)
Lanzado a la conquista del futuro según el Plan Argentina
Innovadora 2020, la remodelación de la nueva sede del Ministerio le costó a Barañao
en 2012 unos 60 millones de pesos, y en 2013 otros 98 millones. Recordemos que
la feria de Tecnópolis le costó a Barañao otros 70 millones de pesos este año.
Según detalles del Presupuesto Nacional aprobado en 2012, el
Ministerio de Barañao invirtió 160 millones de pesos en proyectos de inversión
entre 2011 y 2012, y otros 177 millones en adquisición de bienes de uso en el
mismo período. Y pasó de 10.600 a 11.300 cargos administrativos entre 2012 y
2013, lo que como claro símbolo de una opción política sigue representando el
10% del gasto de los cargos de las áreas de Seguridad o Defensa, las vedettes
del gasto público Nacional. Como último dato de la discrecionalidad del gasto
entre obras necesarias y superfluas, apuntemos que mientras en 2012 se asignaron
17 millones de pesos para la recuperación edilicia del Hospital Posadas, el
Centro Cultural del Bicentenario en el ex Correo recibió más de 500 millones.
Según el Ministerio, la nueva sede del nuevo Banco, en el séptimo
y octavo piso del edificio de Córdoba 831, albergan laboratorios con
características del “primer mundo”. Serían 300 metros cuadrados
donde se alojarían los laboratorios y oficinas administrativas. A ello
habría que agregarle que, aunque el decreto reglamentario lo exige hace tiempo,
no hay todavía responsable designado en el área, ni se constituyó el jurado
para concursar el cargo, ni hay ningún paso todavía para definir quienes
deberían hacer el armado del concurso y la designación de los jurados. Según
los coordinadores designados para el traspaso, el Ministerio les está
ofreciendo a los actuales trabajadores del Banco “trasladarse a la nueva
dependencia con las mismas condiciones laborales”, aunque desde fuentes del
propio equipo del Banco afirman que el Ministerio aun no ofreció nada en
concreto y que no está actualmente en condiciones de cumplir con un
ofrecimiento tal.
En su informe al juez Marinelli, el Ministerio afirma que “no
puede estimar siquiera la fecha de mudanza”, cuando en realidad se han cansado
de hacer anuncios de prensa sobre el nombramiento de coordinadores para el
traspaso y de elogio de las nuevas instalaciones de calle Córdoba, de las
cuales aportó fotos a la Justicia como exigua prueba de la conveniencia del
traslado del Banco.
Según el otro
especialista designado para coordinar el traslado, Héctor Targovnik, “las
medidas de seguridad del BNDG en su sede actual son deficitarias. No podría ser
acreditado por ningún organismo internacional porque las condiciones de
seguridad no son las de un laboratorio de biología molecular moderno, la
estructura edilicia no es la adecuada”. (10)
Cabría agregar que si la
estructura actual no se correspondiera con las técnicas empleadas, sus
resultados no serían válidos, cuando en realidad no ha habido ninguna denuncia
técnica de insuficiencia al Banco del Durand, y su trabajo es reconocido
mundialmente, para algunos hasta que deja de convenirles. Y en todo caso,
correría la misma objeción para el nuevo Banco, si tenemos en cuenta que como
parte de la reglamentación de Ley 26.548 existe una Comisión Asesora,
creada a esos efectos por Resolución 224/10 del Ministerio, que en 4 años de
sancionada la ley no terminó de desarrollar el articulado que
corresponde.
LA OBSECUENCIA
Es clarificadora la intervención judicial de la Asociación Abuelas
de Plaza de Mayo en la cautelar para defender el traslado copiando los
argumentos del Ministerio e invisibilizando la represión en el gobierno “de los
Derechos Humanos”. En el mismo escrito presentado al juez Marinelli, Abuelas
destaca el elevado status del BNDG en el Durand, pero pregona la optimización
de su funcionamiento. Y con ello, al defender el acotamiento del objeto de la
entidad y su traspaso, no considera nunca la posibilidad de excluir del
derecho adquirido a la Identidad a aquellos que han sido víctimas de desapariciones
forzadas después del 10 de diciembre de 1983. Abuelas menciona que durante el
2008 el “Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias”
remarcó que “los esfuerzos de búsqueda desplegados por actores no
gubernamentales y gubernamentales (…) tendrían que ser garantizados mediante
medidas legislativas de largo aliento, con el fin de que las políticas
gubernamentales se conviertan en políticas de Estado, que no varíen, se diluyan
o reduzcan como consecuencia del cambio de administración o de gobierno”.
Por ende, con la limitación del 10 de diciembre de 1983, y ante la ausencia de
amparo normativo para aquellos casos posteriores a dicha fecha, queda abierta
la posibilidad de que la desatención de esos casos particulares encuentre
fundamento en la ausencia absoluta de una ley que respalde su búsqueda.
La Asociación Abuelas dice genéricamente que el BNDG siempre fue
concebido como una herramienta destinada a los casos de apropiación de niños
durante el terrorismo de Estado y que la creación de bancos de datos genéticos
deben ser específicos frente a escenarios de desapariciones “masivas”. Abuelas
coincide en todo con el comportamiento ausente del Estado Nacional frente a los
casos de desapariciones recientes en manos de civiles y fuerzas de seguridad:
los desconocen, los desatienden y subestiman la búsqueda de personas cuyo
paradero se desconoce por motivos relacionados a crímenes durante la
democracia, no menos importantes pese a no ser “masivos”, aunque sobrepasen los
200 casos a través de las últimas 3 décadas.
Hasta ahora, todos los argumentos que los
organismos presentamos a la justicia para exigir una política clara en el tema
no han sido contradichos, ni se ha ofrecido prueba en contrario a lo planteado.
Pero algo queda claro entre tanta desprolijidad:
El titular de las muestras existentes en el Banco no es el Estado Nacional,
sino los familiares de desaparecidos, que tienen total legitimidad para
cuestionar al Estado, responsable del traslado, si las garantías no están
brindadas. Y en todo caso, no se puede argumentar que la pretensión del Estado
de búsqueda de la Verdad, que es su obligación, puede estar por encima del
derecho de los familiares.
NOTAS:
(4) http://www.mincyt.gob.ar/noticias/acerca-del-traslado-del-banco-nacional-de-datos-geneticos-9320
(8) Invitamos a encontrar esas notas, antes
existentes, en www.cipf.es
HIJOS LA PLATA
Octubre 2013