La
actuación del Cuerpo Médico policial en dictadura y en las inundaciones
Ginés: Aquí tiene Ud. señor Don
Jerónimo, al estupendo médico,
al doctor infalible, al pasmo
del mundo.
Don Jerónimo: Me alegro mucho de
ver a Ud. y de conocerle, señor doctor.
Bartolo: Hipócrates dice que los
dos nos cubramos.
Don Jerónimo:¿Hipócrates lo
dice?
Bartolo: Sí, señor.
Don Jerónimo: ¿Y en qué
capítulo?
Bartolo: En el capítulo de los
sombreros.
Don Jerónimo: Pues si lo dice
Hipócrates, será preciso obedecer.
Juan-Bautista Poquelin (Moliére
)– “El médico a palos”.
La capacidad de pintar los vicios y las ridiculeces de sus
contemporáneos hay que reconocerla en la memorable comedia del gran dramaturgo francés,
donde una mujer se venga de su marido diciendo que hay que apalearlo para que
se reconozca como médico. Aquella crítica era a la aristocracia de Luis XIV,
pero también a la medicina obsecuente al poder, a su jerga falaz e
incomprensible. Moliére fue despreciado por su época, preso por deudas y
prohibido por fomentar la “risa pensativa”. Muerto en 1673 a los 49 años fue,
significativamente para esta nota, enterrado en secreto y de noche, porque ley
francesa de aquel tiempo no permitía que los actores fueran enterrados en el terreno
sagrado de un cementerio. Sin embargo, hecha una excepción, fue inhumado en la
parte del cementerio reservada a los infantes no bautizados.
En pleno siglo XX, el ocultamiento sistemático del destino final
de una generación, la negación de sus diversas motivaciones de lucha y la
utilización de ese apagón a la memoria como mensaje mafioso a la sociedad toda
fue el fin último del Genocidio desplegado en nuestro país. Pero el último
eslabón en la cadena del Plan Sistemático de secuestros, torturas, apropiaciones
y desapariciones, la mecánica de la cosificación de los cuerpos y la
responsabilidad penal de la versión médico-policial del esquema represivo lejos
está aún de ser siquiera reconocida por el Estado. El mismo que ejecutó para
ocultar ayer, y que a pesar de juzgar hoy, también sigue omitiendo y ocultando.
En esta nota, cotejamos las terribles coincidencias entre las
modalidades, excusas e invenciones con que justificaron su accionar los médicos
policiales para encubrir el genocidio de la dictadura desde la Morgue Policial
de La Plata, en contraste con las impunidades desplegadas desde la gestión
estatal de la provincia y el municipio, en la misma Morgue, con las víctimas
fatales del crimen social de las inundaciones del 2 de abril.
Registros del Terror
En el año 2009 se presentó
en el pasaje Dardo Rocha de la ciudad el "Informe público: Cementerio de La Plata
y Terrorismo de Estado". En esa ocasión Adelina Dematti de Alaye describió
la investigación que, en soledad ante la inacción oficial, realizaron las
Madres de Plaza de Mayo de La Plata durante más de 20 años sobre los registros
de las tumbas NN en el Cementerio local. Las primeras denuncias del informe
datan de los mismos años de la dictadura, cuando las Madres de Plaza de Mayo La
Plata comenzaron a sistematizar las irregularidades en la necrópolis platense.
La hazaña la iniciaron Licha de La
Cuadra y Chicha Mariani, que con la excusa de ir a llevar una florcita al
cementerio, iban con una libreta y anotaban los detalles de las tumbas NN. En
base a esos registros, realizados por las dos madres que buscaban a sus hijos y
a sus nietos, se realizó el informe sobre las tumbas NN del Cementerio de La
Plata, que fue entregado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) en su visita a Argentina en el año '79.
Las
Madres apuntaban entre otros detalles "la llegada de vehículos en altas
horas de la noche, la realización de inhumaciones una vez cerrado el predio y
la orden por altoparlantes para que los visitantes abandonaran el lugar, que
quedaba cercado por la policía".
Recién en
octubre del '82, inoportunamente ante el Juzgado en lo Penal Nº 5 a cargo de Pedro
Luis Soria, rechazador sistemático de Habeas Corpus en dictadura, se inició
la causa penal en la que se denunciaba la existencia irregular de cadáveres
caratulados como NN, todos ellos sepultados durante los años 1976 y 1980. Sin
embargo, fue recién en noviembre del '98 que en el Juicio por la Verdad de La
Plata, Dematti presentó alrededor de 400 fotocopias de certificados de
defunción de NN y copias de los registros provenientes del Cementerio. A raíz
de esta presentación, pidió "no innovar" con respecto a las
sepulturas mencionadas hasta que concluyera la investigación.
Varios de los
integrantes del cuerpo médico policial, en aquel entonces bajo la órbita de la
Dirección de Sanidad de la bonaerense de Ramón Camps, declararon entre febrero
y abril del '99 en el Juicio Por la Verdad de La Plata. Las exposiciones
se hicieron en carácter no sólo informativo sino testimonial en la Cámara
Federal de Apelaciones de La Plata, ante los jueces Pacilio, Reboredo,
Nogueira y Schiffrin. La investigación venía siguiendo la ruta de archivo
de los libros de práctica médica legal de la dictadura, que fueron solicitados
por la justicia en los '80 pero al ser devueltos a la policía fueron
sospechosamente “extraviados”.
El Dr. Enrique
José Perez Albizu desplegó un momentáneo ataque de amnesia sobre su
desempeño, y sólo recordó que estuvo en Sanidad en el segundo semestre del '77
y hasta el '79 u '80, pero que entre el '81 y '82 sólo hizo medicina
asistencial en las escuelas Vucetich y su contigua Julio Dantas. Retirado
en el año '95, su pasado como médico de
la policía en un gobierno de facto no le significó mayores problemas para
llegar a ser vicedecano de la Facultad de Medicina de La Plata, hasta que en
marzo de este año la declaración de la madre de Plaza de Mayo Adelina Dematti
en el juicio por hechos de “La Cacha” generó un escándalo que motivó su
renuncia al cargo. Según la denuncia, el doctor firmó, al menos entre febrero y
mayo del '77, 9 registros de exámenes de cadáveres NN de personas asesinadas
por la represión dictatorial, siempre con la escueta fórmula de “destrucción de masa encefálica por
proyectil de arma de fuego”.
Su colega Rubén
Oscar Calafell afirmó antes los jueces que fue director de Sanidad luego
del Dr. Ciafardo, es decir desde el '78 y hasta retirarse en el '80, aunque
dijo no recordar donde se archivaban los libros en desuso y que sugirió podrían
estar en la Morgue policial.
Uno de los galenos
que más tiempo estuvo en el área, el Dr. Roberto Manuel Ciafardo también
fue parte del desfile de desmemoriados. Ingresado al cuerpo médico
policial en el '59, fue jefe de una de las guardias entre el '76 y el '78, y
vio muchas cosas hasta retirarse en el '89. Ciafardo dijo que el jefe de
Sanidad en la cumbre represiva de la dictadura era el Dr. Sotes, y determinó
que el sistema de trabajo era el siguiente: la instrucción policial les
comunicaba “que en la calle había habido un enfrentamiento y que había
determinado número de cadáveres. Concurríamos con nuestra ambulancia, con un enfermero o morguero al lugar del hecho”,
y que siempre “en presencia de la instrucción, efectuábamos nosotros el
reconocimiento de los cadáveres”. Explicó que ellos hacían “los certificados de
defunción que eran elevados por la instrucción al Registro Civil o al Registro
de las Personas, que realizaba las actas de defunción”. Pero consultado por
diferencias de hasta una semana entre la fecha de defunción de las actas y la de
algunos certificados, el Dr. Ciafardo desembolsó: “Si ellos las hacían con
otras fechas no tengo nada que ver. Yo hacía los certificados de defunción y
allí terminaba mi responsabilidad”. Reconoció que en los primeros años de
dictadura era tal el incremento en el ingreso de cuerpos que tenían que
numerarlos antes de identificarlos “por razones de ordenamiento interno”. Relativizando la importancia de su
intervención profesional Ciafardo dijo que “siendo claras y evidentes las
causas del deceso, no se hacía necesario practicar la operación de autopsia.
Cuando eso no ocurría eran las menos de las veces porque siempre eran muy
evidentes, eran grandes destrucciones de cráneo, de tórax, eran evidentes las
causas del deceso”. Sin embargo el procedimiento quedó poco claro al
consultársele por el certificado de defunción a nombre de Marcelo Bettini,
asesinado tras un operativo en noviembre del '76, documento que él firmó con
causal de muerte “paro cardiorrespiratorio”. Un momento del diálogo entre el
juez Pacilio y el médico fue elocuente sobre la reticencia a reconocer el
desmanejo de criterios:
Pacilio: Usted dijo
que cuando se sabía la causa de
defunción, no se hacía ningún tipo de autopsia.
En el caso de Bettini, ¿cómo pudieron constatar que se trataba de una
insuficiencia cardíaca aguda?
Ciafardo: No habiendo
otros signos, se ponía 'insuficiencia cardíaca aguda'. (…) No debo haber visto
ninguna lesión, porque de lo contrario hubiera dejado constancia.
Pacilio: ¡Estos
tenían una característica, doctor! Eran muertes no comunes de jóvenes de entre
20 y 30 años, que en muchos casos tenían destrucción de la masa encefálica por
herida de bala. ¡No eran muertos por accidentes!
Ciafardo: Recuerdo
haber expedido muchos certificados pero me resulta difícil individualizarlos.
Por otra parte, este
médico confirmó que no sólo levantaban cadáveres en la calle sino también en
domicilios particulares, que muchas veces realizaban certificados de defunción
sin ver el cadáver, que casi siempre se delegaba la instrucción en la policía,
y en otro dislate memorial dijo que pese a visitar las comisarías de la zona
regularmente nunca vio detenidos ilegales en ninguna sede. Ese mundo de
normalidad se desdibujó en el relato del médico cuando se trató de justificar
la propia actuación al decir que “nos llamaba la atención todo este manejo de
cadáveres sin identificar. Nosotros vivíamos con mucho miedo, no sólo por
nuestra integridad física sino también por la de nuestras familias. Se imagina
era una situación muy violenta”. La construcción de una intrincada complicidad
burocrática del sector médico se hace patente, sobre todo por un dato que no
hay que perder nunca de vista: los médicos de Sanidad eran policías médicos.
Esa trama de
ocultamiento de hechos de evidente irregularidad en laberínticas capas
deslindantes de responsabilidades se complejiza aún más al intentar dar con uno
de los únicos elementos formales para estudiar el desempeño del área de Sanidad
en la época: los libros donde se asentaba la tarea profesional.
En el año 1984 la
Conadep formuló dos denuncias en los juzgados 1 y 4 de La Plata a cargo de los jueces
Borrás y Silva Acevedo respectivamente. Se intentaba dar con dos docenas de
libros de Reconocimiento Médico-legales del período '76-'83 donde, porque según
lo explicaron los propios médicos de policía en esos libros se asentaba toda la
tarea médico legal o sea, todo el resultado de la competencia que tiene el
profesional en la tarea que constata las muertes traumáticas. Según los
registros de los juzgados los libros fueron devueltos a la policía en el año
'86, pero los responsables de Sanidad los “extraviaron” en el camino de
regreso.
A su turno en el
Juicio por la Verdad, el Dr. Julio Natale, subdirector de Sanidad en el
'89, dijo que no tenía ninguna constancia de los libros y suponía que “habrán
sido trasladados a la Morgue que está en el cementerio. Personalmente no los
vi, por lo menos en la época en que estuve en Sanidad”. Sin embargo aportó que
en el ’89 hubo una división de la Dirección de Sanidad y se creó una Dirección
de Medicina Legal paralela que estuvo a cargo del mismísimo Pedro Klodzcick y
del reconocido médico legista Osvaldo Raffo. La dupla pasó a manejar por
un breve tiempo toda el área de medicina legal, y para Natale “la Morgue y los
libros, tienen que haber pasado a esa dirección”. Resulta sugerente que la
pérdida definitiva del rastro de los libros se haya dado en el momento en que
la dirección del lugar, donde la cuestión jerárquica primaba para la asunción
de cargos, la tenía un comisario mayor que no era médico y que después fue jefe
de la Mejor Maldita Policía del Mundo, y un médico comisario, premiado por la
fuerza con ese puesto y hermano del represor José Antonio Raffo que
actuó en dictadura en los CCD Puesto Vasco y COT 1 de Martínez y murió impune
hace algunos años. Su hermano Osvaldo gozó de una fugaz celebridad en el
programa televisivo “Forenses, cuerpos que hablan”, además de ser hoy consultor
habitual del periodismo en cuanto crimen truculento sucede y se encarga de
desarrollar en su blog magistrales análisis donde explica que “en aquellos
tiempos el comisario era Juez de Instrucción”.
Director de Sanidad
tras el binomio Klodzcick-Raffo, el Dr. Natale quiso argumentar que en aquella
época había un sólo tipo de libros: “un libro de guardia, que es donde se
asientan las novedades administrativas de movimientos de la dependencia,
entrada y salida de personas, llegada del personal, ingresos, egresos,
etcétera.” y agregó “que yo sepa no existía un libro médico legal. Lo que
podría existir serían copias de las autopsias o pericias”. Sin embargo la
justicia tenía probado que los libros existieron, que 24 de esos tomos fueron
al juzgado y se devolvieron a Sanidad. De hecho el responsable del traslado fue
el Dr. Ciafardo, quien contó a la Cámara: “Los libros se iban a mandar en una
ambulancia por medio de un empleado. Entendí que no era lo correcto y como yo
era el responsable de todos esos libros, me pareció que no correspondía porque
se podía perder alguno o tal vez desaparecer. Fui personalmente al Juzgado y a
medida que se iban bajando los libros yo los iba tildando. Por temor a que se
extraviara este recibo saqué una fotocopia que me la quedé y entregué el
original a la Dirección de Sanidad”. El destino final de esos libros se evaporó
en un secreto bien guardado que lleva casi cuatro décadas sin dilucidarse, y
que era parte del habitual desmanejo de una burocracia de la gestión de cuerpos
que sigue vigente a la hora de encubrir los crímenes de Estado. Una burocracia
que volvió a hacerse notar tras el mayor crimen social que vivió la ciudad
desde los años del Terror de Estado.
El marco legal que
regulaba la actividad médica de Sanidad en dictadura se resumía en el artículo
82 del Código de Procedimientos Penal de la Provincia de Buenos Aires y
el entonces vigente artículo 165 del Código de Procedimientos en materia
penal de la Nación que, si bien con cierta vaguedad, establecían la
obligación de denunciar muertes traumáticas haciéndolas constar como tales en
los certificados de defunción, y exceptuaba de tal obligación solamente a
“aquellos profesionales que han tomado conocimiento de estos hechos en la
actuación profesional y que se hayan amparados por el secreto profesional”. Por
otro lado, la ley del Registro Nacional de las Personas en su artículo 46,
expresamente prescribía que determinar “el fallecimiento es facultativo de la
autoridad a la que corresponda expedir el certificado de defunción” es decir al
cuerpo médico policial y no al Registro de las Personas que realizaba las Actas
de defunción. En cuanto a la identificación de los cuerpos se estipulaba que se
realizaba por el documento, o por dactiloscopía o con testigos conocidos del
fallecido, y si no se podía hacerlo por esos medios se debía hacer “constar las
causas que impidieron los anteriores datos”.
En la década
del '90 la Cámara Federal de La Plata decretó una medida de no innovar sobre
determinadas fosas del Cementerio local. La Cámara constató que esas
defunciones del período '76-'83 eran generalmente de personas de ambos sexos,
entre los 20 y 30 años de edad, con muertes traumáticas, por destrucción de
masa encefálica por herida de bala en general y por hechos múltiples. Algunos
de los certificados de defunción correspondientes a esas fosas fueron
suscriptos por el Dr. Nestor Pedro De Tomas, integrante de Sanidad como
joven médico de una de las guardias.
Como
parte de las declaraciones testimoniales del juicio denominado “Circuito
Camps”, que incluía la investigación por el ataque a la casa Mariani-Teruggi en
noviembre de 1976, en octubre de 2011 hablaron como testigos los médicos que
firmaron los certificados de defunción de 4 de las víctimas del ataque de las
fuerzas conjuntas a la casa. Nestor De Tomas y Héctor Amilcar Darbón
dieron detalles del mecanismo irregular con que se tramitaban las defunciones
en dictadura, como último eslabón del Plan Sistemático de desaparición de
personas para ocultar esos crímenes.
El 24 de noviembre de
1976 en la casa de calle 30 entre 55 y 56, en un feroz ataque de la Policía, el
Ejército y la Marina, fueron asesinados Diana Teruggi, Daniel Mendiburu
Eliçabe, Roberto César Porfidio, Juan Carlos Peiris y Alberto Oscar Bossio,
y fue robada la beba Clara Anahí Mariani Teruggi, que aún es reclamada
por su abuela María Isabel “Chicha” Chorobik de Mariani.
A 35 años de los hechos se ponía de manifiesto una mecánica ya denunciada por los organismos de DD.HH., pero jamás investigada como parte central de la operatoria de encubrimiento de tales crímenes. En el juicio “Circuito Camps” De Tomas relató que en el año '75 revistaba en el cuerpo médico del Destacamento Caminero de Florencio Varela y fue trasladado a la Dirección de Sanidad y Medicina Legal de la bonaerense, que funcionaba en el Departamento Central de calle 2 entre 51 y 53. A cargo del Dr. Ciafardo y con un plantel de varios médicos policiales en guardias rotativas, la dirección se ocupaba de “lesiones, accidentes y homicidios” y todos los requerimientos en muertes traumáticas donde intervenía el departamento judicial La Plata. De Tomas compartía la guardia con Héctor Darbón y Enrique Perez Albizu.
A 35 años de los hechos se ponía de manifiesto una mecánica ya denunciada por los organismos de DD.HH., pero jamás investigada como parte central de la operatoria de encubrimiento de tales crímenes. En el juicio “Circuito Camps” De Tomas relató que en el año '75 revistaba en el cuerpo médico del Destacamento Caminero de Florencio Varela y fue trasladado a la Dirección de Sanidad y Medicina Legal de la bonaerense, que funcionaba en el Departamento Central de calle 2 entre 51 y 53. A cargo del Dr. Ciafardo y con un plantel de varios médicos policiales en guardias rotativas, la dirección se ocupaba de “lesiones, accidentes y homicidios” y todos los requerimientos en muertes traumáticas donde intervenía el departamento judicial La Plata. De Tomas compartía la guardia con Héctor Darbón y Enrique Perez Albizu.
De Tomas aseguró que se
enteró del episodio de calle 30 por los diarios; Darbón recordó que se enteró
por los estruendos de los disparos cuando estaba a punto de realizar una
cesárea en el quirófano del hospital Italiano, a unas cuadras de la casa
atacada. Ambos coincidieron en que “por el procedimiento de la época”, quien
firmaba los certificados de defunción no necesariamente veía los cuerpos, sino
que volcaba información que quien había hecho la autopsia había registrado en
el libro de guardia. También dijeron que eso fue lo que hicieron cuando
certificaron las muertes de cuatro militantes que se encontraban reunidos en la
casa de calle 30. El día del ataque fue un miércoles y, convenientemente, los
médicos dijeron que sus guardias eran de lunes de 21 a 13 hs del martes y los
jueves de 13 a 21 hs. La mecánica de firmar algo que no habían visto, defendida
por los profesionales como “lo que se hacía en la época”, quedó registrada en
las actas de fallecimiento de Mendiburu Eliçabe, Peiris, Porfidio y en la de
Teruggi como “NN femenino”. En todos los casos las muertes quedaron asentadas
con la fecha del ataque, pero las certificaciones realizadas por Darbón y De
Tomás llevan fecha del día siguiente.
Al borde del hartazgo por las inconsistentes excusas del Dr. De Tomas en el juicio “Circuito Camps”, el juez Roberto Falcone desafió el sentido común del cómplice:
Al borde del hartazgo por las inconsistentes excusas del Dr. De Tomas en el juicio “Circuito Camps”, el juez Roberto Falcone desafió el sentido común del cómplice:
Falcone: A mí me llama la
atención que ustedes hacían el certificado de defunción en base a los datos que
se incorporaban a los libros de parte de la guardia anterior. ¡Entonces si a
Ud. en una muerte violenta le ponían que murió de Paro Cardio-respiratorio, Ud.
ponía que murió de un paro, cuando podía tener un disparo en la cabeza!
De Tomas: ¡Y sí... tiene razón!
Yo entiendo lo que Ud. me dice, pero yo esa metodología con el tiempo la
revisé, y traté de que se pudieran ver los cadáveres de las muertes que se
certificaban.
Falcone: ¿Pero por qué esa
metodología de trabajo?
De Tomas: Porque venía de antes.
Yo no la implementé.
En esto último tiene
razón De Tomas. Lo comprueban otros certificados de defunción emitidos por el
mismo cuerpo policial y correspondientes a crímenes de las bandas fascistas
anteriores al golpe del '76. Por ejemplo el caso de Luisa
Marta Córica, asesinada por la CNU en Berisso en abril del '75, en
cuyo certificado el Dr. Rubén Puppo, que años más tarde llegó a ser
segundo de Ginés González García en Isalud, hizo pasar siete itakazos en el
cadáver y las huellas de ataduras en las muñecas como apenas una
"hemorragia aguda".
Pero aun así, las contradicciones en los criterios profesionales del Dr. De Tomas, quien convenientemente para un hijo de un ex comisario de la seccional 5ta denominó a lo que ocurría en los '70's como “hechos de la subversión”, han sido para él sólo un oscuro pasado que de ninguna manera impidieron que, por lo menos hasta 2005, se desempeñara como coordinador del Instituto Superior de Investigación, Formación y Asesoramiento Permanente de la Fiscalía General del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, a cargo del doctor Roberto Rubio. Seguramente la experiencia recabada en los duros años de juventud del galeno, siguen puestos al servicio del esclarecimiento de nuevos hechos, que no deben quedar impunes como aquellos de la dictadura.
Pero aun así, las contradicciones en los criterios profesionales del Dr. De Tomas, quien convenientemente para un hijo de un ex comisario de la seccional 5ta denominó a lo que ocurría en los '70's como “hechos de la subversión”, han sido para él sólo un oscuro pasado que de ninguna manera impidieron que, por lo menos hasta 2005, se desempeñara como coordinador del Instituto Superior de Investigación, Formación y Asesoramiento Permanente de la Fiscalía General del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, a cargo del doctor Roberto Rubio. Seguramente la experiencia recabada en los duros años de juventud del galeno, siguen puestos al servicio del esclarecimiento de nuevos hechos, que no deben quedar impunes como aquellos de la dictadura.
La Mecánica al Descubierto
El juicio
por hechos fragmentados del CCD La Cacha por donde pasó como detenido
ilegal su hijo, el militante de la JUP-Montoneros Carlos Esteban Alaye, fue el
momento para que Adelina Dematti profundice la denuncia sobre el cuerpo
policial forense. En marzo de este año presentó en la audiencia el análisis y
la sistematización de decenas de actas de defunción de personas identificadas
como NN certificadas por una treintena
de médicos policiales y los acusó públicamente de ser partícipes necesarios del
plan sistemático de desaparición de personas.
El
Cementerio de La Plata es un gran predio delimitado en calles 72, 31, 76 y 137. El
predio fue ampliado lateralmente en el
año '66 y una década más tarde se encontraba de paso en el camino más
cercano entre la Comisaría 5ta y los CCD de Arana. El otorgamiento de una
numeración a los cuerpos ingresados era una práctica burocrática de costumbre,
pero a finales del '76 en las actas de inhumaciones comenzaron a aparecer, además
de los números habituales, una numeración de tres cifras. En 2003 un empleado
de la empresa que proveía de ataúdes al
municipio, Oscar Quincoces, relató en el Juicio por la Verdad que luego
del golpe el municipio modificó la forma de compra de cajones, por el
incremento de la demanda. Y señaló el escándalo que significó la búsqueda del
cadáver del hijo de un diplomático peruano que había sido enterrado como NN.
Después de este hecho el Ejército comenzó a entregar a la empresa tarjetas con
números para que las pegaran en los ataúdes. “Esos números se los ponían a los cajones y el Ejército tenía un
registro donde anotaban el número de cada cajón con el nombre de la persona a
la que correspondía. Nadie llegaba como NN al Cementerio”, aseguró Quincoces.
El material
que la justicia no supo buscar, pero ahora tiene a disposición por trabajo de
los familiares de las víctimas, estaba contenido justamente en uno de los
tantos libros Morgue, e incluía los registros manuscritos de los
policías-médicos de la dirección de Sanidad entre febrero y mayo del '77. De un
total de 24 libros (cada uno con capacidad para 1800 registros) que se venían
rastreando, y quizás por el paso de Dematti como subsecretaria de DD.HH. de la
municipalidad de La Plata, éste fue el único que se ha podido recuperar. Lo que
de allí surge es que los médicos policiales, con sus intervenciones,
legalizaban lo ilegal y colaboraban con la política de desaparición de personas
desplegada por la dictadura: en principio omitían los signos de tortura que
presentaban los cuerpos, tampoco especificaban con claridad la causal de
muerte, pero también realizaban anotaciones marginales en las fichas con la
leyenda “SUB”, en clara alusión al concepto subversivo.
Esto queda
mucho más claro si se analizan las exhaustivas autopsias que realizaban a los
muertos de forma violenta pero no vinculados al accionar represivo (homicidios,
accidentes o suicidios) donde incluían análisis de sangre, descripción física y
hasta de la vestimenta del occiso. Ahora, resulta que según el informe, en el
Libro Morgue recuperado “los certificados de defunción en un 70% consignaban
como causa de muerte ‘destrucción de masa encefálica por disparo de arma de
fuego’. Nunca estaban acompañados de un análisis exhaustivo de las lesiones
que pudieran dar cuenta de que fueron ejecuciones (…). Aun cuando se
consignaran otras causas de muerte como ‘múltiples heridas de armas de fuego’
no se realizaban descripciones que las buenas prácticas forenses exigen”. En
otras palabras, la omisión de cualquier otro signo que presentaran los cuerpos,
fundamentalmente la presencia o no de pólvora en la herida, determinante para
saber si se trató o no de una ejecución, la existencia o no de otras heridas de
bala y/o la presencia de señales de tortura, eran acciones claras para impedir
la posterior identificación de los cuerpos.
Si pensamos que la función de un médico forense no es la de un autómata
que sólo determina la causa de la muerte, sino también la de indagar sobre las
circunstancias en que se produjeron esas muertes, es claro que en los casos de
las víctimas del Terror de Estado lo que hacían los policías médicos de la
Bonaerense era ocultarlas, y se remitían a especificar en las fichas como nota
inopinada la intervención del Área represiva 113, del Regimiento 7 , del
Servicio de Inteligencia de la Marina (SIM),
de las Comisarías o Unidades regionales policiales.
La lista
completa de médicos policiales denunciados como cómplices del genocidio, muchos de ellos reconocidos
profesionales con largas trayectorias, es útil tanto para el funcionario
desatento que convalida personajes oscuros en pretensión de cargos públicos
como para el paciente de a pie que puede caer en manos de alguno de estos
individuos: (Alfabética y a la manera policial, ya que se trata de policías
médicos) Bajkovec Luis, Ben Rubén, Brolese Julio, Canestri Raúl, Cavazzutti
Mario, Ciafardo Roberto, Darbón Héctor, De Tomas Nestor, Dossena Roberto,
Etcheverry Raúl, Gauna Rómulo, Gelemur Ernesto, Hid Carlos, Langone Omar, Leone Salvador, Llanos Rolando,
Lucchetti Héctor, Michelic Willy, Morganti Carlos, Pérez Albizu Enrique José,
Rodríguez Héctor, Sotes Eduardo, Vitali Alberto, Zenof Carlos, Zenof
Jorge y Zufriategui Ricardo. Todos ellos
aparecen firmando de certificados NN sobre víctimas de la represión en el Libro
Morgue recuperado.
Además de
los mencionados Perez Albizu y De Tomas, otros médicos policiales continuaron
con exitosas carreras en estos años: Bajkovec y Zenof tuvieron cargos
directos en el Centro de Médicos Jubilados y Pensionados del Distrito 1, y Brolese
fue funcionario de la Asesoría Pericial de La Plata, desde donde aconsejaba a
los familiares de las víctimas no denunciar los abusos sexuales contra niños
perpetrados por sacerdotes, alegando que “nunca se iba a poder demostrar nada”.
Debe quedar
claro que aquí se cuestiona no sólo el juramento hipocrático en abstracto, sino
la posibilidad real de actuar respetando la ética profesional y sin
transformarse en cómplices voluntarios y activos del plan sistemático de
desaparición de personas. Estos médicos policías podían por ejemplo oponerse a
las obediencia debida, realizar autopsias pormenorizadas a propio riesgo, dar
cuenta por algún medio de lo que eran verdaderas ejecuciones, guardar copias
particulares de lo que certificaban, denunciarlo una vez comenzados a revisar
estos crímenes en los '80's, o hasta haber aportado algo más que amnesia
al Juicio Por la Verdad en los '90's.
La causa por estos
hechos, iniciada formalmente en 2008 y conocida como “Causa Cementerio”, expediente n°
14000014 - caratulada “N.N s/ Encubrimiento (art.277)”, está en manos del siniestro
juez Humberto Blanco, quien, además de la causa por la segunda desaparición
forzada de Jorge JulioLopez, concentra
la instrucción de todas las causas contra los genocidas en La Plata en lo que
los fiscales del área consideran un verdadero “cuello de botella” de la
impunidad. Un futuro nada prometedor para la búsqueda de Verdad y Justicia.
Tragedias
“naturales”
Pero
38 años después, otra causa penal que investiga la responsabilidad de agentes
del Estado en la pérdida de vidas humanas y en el ocultamiento de sus causas,
vuelve a traer a la discusión pública los procederes
de policías, médicos, fiscales y jueces.
El expediente N° 12771/13, donde se investigan las 52 muertes
oficiales asociadas a la inundación de la ciudad de La Plata el 2 de abril de
2013, esconde los hechos más graves del caso: la serie de irregularidades
cometidas tanto desde el Poder Ejecutivo provincial, como desde la Policía
bonaerense y el Poder Judicial, que abren la discusión sobre el uso de
facultades discrecionales en los procedimientos administrativos y judiciales.
El
fallo condenatorio del Estado provincial que emitió a un año del crimen social
de las inundaciones el titular del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de
La Plata, Luis Federico Arias, es ilustrativo de porqué hablamos de
continuidades en ciertas prácticas impunes de las burocracias del Estado. Pese
al efecto alentador que tuvo el fallo, paradójicamente representa el único
resultado concreto que hasta el momento ha emitido investigación alguna de
parte del mismo Estado que es responsable de la variada afectación de derechos
que significó esta masacre: desde la pérdida de la vida y de bienes por el
difícilmente probable delito del estrago culposo, hasta impedir el acceso
a la información pública en que se fundó la explicación oficial de lo sucedido,
así como el derecho a la verdad de saber lo que ocurrió y porqué, como la
siempre insuficiente reparación que merecen los familiares de las víctimas
fatales.
El
proceso sigue su lento curso, pero a más de un año de los hechos no tiene a
ningún funcionario procesado, se desplazó al primer fiscal del caso, Juan
Cruz Condomí Alcorta, por “encubrimiento agravado” y desató una feroz
disputa política entre funcionarios judiciales más o menos afectos al
cristinismo o al sciolismo. Con sendas denuncias penales al intendente que
veranea en abril, Pablo Bruera por “estrago culposo”, como a la gran esperanza
pejotista del 2015, el gobernador Daniel Scioli, y a algunos de sus
colaboradores por "incumplimiento de los deberes
de funcionario público", todas las causas que apuntan a las
responsabilidades políticas de la tragedia (por acción u omisión) quedaron
radicadas en la fiscalía 8 de
de Delitos Complejos, cargo de Jorge Martín Paolini, mientras el expediente es
controlado por el juez de Garantías Guillermo Federico Atencio.
Un
elemento importante para sistematizar las denuncias al accionar del Estado fue
el relevamiento socio-sanitario realizado por el Colegio de
Trabajadores Sociales en 27 barrios
afectados porque, entre otras cosas, revela que “las respuestas inmediatas y
posteriores a la inundación surgieron casi exclusivamente de la sociedad civil”
y “la política pública quedó reducida a acciones desarticuladas, sin
planificación, y a un manejo discrecional de los recursos disponibles”. El 97%
de los consultados dijo que se evacuó con ayuda de la sociedad civil y en casas
particulares, y el 80% obtuvo agua potable también de la solidaridad de los vecinos
organizados.
En
cuanto a la tarea de los punteros, en carácter de Delegados Municipales,
el fiscal Paolini indagó a 8 delegados barriales: Pablo Dellepiane (Tolosa),
Antonio Mereles (Altos de San Lorenzo), Sergio Pajot (Melchor Romero), Juliana
Alfonsín (Villa Elvira), Mariano Maluendez (Hernández), Javier Esteban
Nohaczewski (Ringuelet), Sebastián Gastón Raffatella (San Carlos), y Berta
Esther Magnoli (Los Hornos). Todos coincidieron en que no recibieron ningún
tipo de aviso previo y que la tormenta los sorprendió con recursos que se
utilizan a diario para tareas barriales: vehículos particulares, camionetas,
maquinaria pesada, sogas, palas, chalecos con el logo municipal.
De
la lectura del fallo de Arias se concluye que, con el ministro Ricardo Casal
como virtual comandante de crisis por la inundación, el Estado Provincial
se dedicó a relegar a un plano inexistente la tarea sanitaria, para hacer
prevalecer en la intervención oficial la estadística policial-criminal, pero
más claramente a aceitar todos los mecanismos burocráticos dirigidos a
dificultar la investigación y en consecuencia a ocultar la verdad sobre las
causas en las que fallecieron las víctimas de la inundación. Un dato clave para
entender por qué el gobierno de Scioli encomendó la determinación de las
víctimas fatales de la inundación únicamente al Ministerio de Seguridad, es que
las únicas víctimas computadas por el Poder Ejecutivo fueron las informadas por
la Morgue Policial.
De
manera apresurada y sin investigación previa alguna, el Estado Provincial
intentó dar por concluida la cuestión a pocos días de los hechos dando a
conocer a través en cadena mediática un listado de 51 personas fallecidas.
Luego esa primera puesta en escena eliminó de la lista a Josué Gonzalo
Suarez Salazar, quien falleció electrocutado durante la inundación, para
incluir a Nélida Reyes, de manera que el número de 51 fallecidos
permaneciera inalterado. Si en dictadura se falseaban causales de muerte, ahora
la lógica fue directamente ocultar casos a través de la gestión irregular de
cuerpos.
La
primera irregularidad, de la Policía bonaerense y del Poder Judicial que abre
la discusión sobre los procedimientos administrativos y judiciales, se refiere
a la intervención judicial en el caso. Un juez interviene cuando hay muerte
traumática, o con indicios de crimen, y la ley obliga
en esos casos a hacer autopsia, es decir, determinar circunstancias y causa de
muerte antes de dar destino final al cuerpo. Al momento de los hechos estaba de
turno la UFI 5, a cargo de Condomí Alcorta. Los comisarios Sergio Marano,
Jefe de la Morgue Policial, y Pablo Vázquez, Superintendente de la Policía
Científica, coordinaron las distintas tareas dentro de la Morgue en base a
instrucciones del fiscal. Y si la lógica oficial manejó el conflicto con la
premisa de que allí no se justifica por qué actuaban bajo orden fiscal se
consideraba que las muertes no eran producto de delitos, lo que sí hubiera
ameritado la actuación de la justicia penal.
Vázquez, jefe de Policía Científica, dijo que “el Fiscal decidió y comunicó a
la Morgue Policial que si el cuerpo no presentaba signos de criminalidad podían
realizarse reconocimientos médicos sin que se practique la autopsia”, y que
“los médicos realizaban un examen externo del cadáver, en el interior de la
morgue, y si presentaba algún signo en que no quedara claro el motivo del
deceso se le practicaba la autopsia”. Carlos Oscar Jaime, Delegado
Departamental de Policía Científica La Plata, dijo que el Fiscal requirió
celeridad en la identificación de los cuerpos y “que no se hicieran autopsias,
salvo en caso de considerarse necesario”, o “cuando hubiera evidencias de un
acto criminal”. Juan Luis Alsina, médico de la Morgue de guardia el 2 de
abril, dijo que el fiscal dio la orden de que se realicen reconocimientos en
lugar de autopsias, y que junto con el Dr .David Costi realizaron los
primeros veinte reconocimientos médicos sin efectuar ninguna autopsia. Ello
pese a reconocer que habitualmente para la constatación de la causal de
“asfixia por sumersión”, presumible causal en el caso, se practica una
autopsia.
El Dr. Andrés Eduardo Lamotta, médico de la Morgue que tomó
la posta de sus colegas Alsina y Costi en la constatación médica de los
cuerpos, fue más contundente al señalar que “la única forma de determinar la
causal de muerte segura, en términos científicos, es realizar una autopsia. No
hay otra”. Pese a esto, Lamotta afirmó ante Arias que al llegar a la Morgue le
informan los médicos Alsina y Costi que se encontraban autorizados a realizar
indistintamente reconocimientos médicos legales o bien autopsias. Lamotta dijo
que “si la causal de muerte era evidente, uno hace reconocimientos médicos”,
pero no explicó qué tan evidente es una asfixia por sumersión, siendo que sus
propios colegas afirmaban que tal causal no se puede determinar sin autopsia.
Lo cierto es que no se encuentra en la causa penal ninguna orden por escrito
donde consten los fundamentos que justifiquen la decisión de realizar
reconocimientos médicos legales en lugar de autopsias.
La excusa que todos los agentes intervinientes argumentaron fue
que se improvisó “por razones operativas o de organización de la Morgue”, que
tenía evidentes carencias estructurales. Marano, Jefe de la Morgue policial,
dijo que habitualmente tienen capacidad para 53 cadáveres en 4 heladeras y 2
salas de autopsias, y que el día de la inundación tenían las heladeras llenas
desde antes de la inundación. Alsina, médico forense de la Morgue, dijo que
también habitualmente las cámaras siempre están llenas con cuerpos viejos:
“Cuando entra algún cuerpo tratamos de que se vaya el mismo día porque es
difícil alojarlo. En general es un problema crónico, de años, porque van
quedando cuerpos que no tienen familiares” .
En cuanto al procedimiento de reconocimientos en lugar de autopsias,
el Dr. Lamotta adujo que “normalmente uno tiene ya una información previa que
recibe, que la da la instrucción es decir la Comisaria o el Fiscal, que nos
indican cómo fue hallado, porque no siempre vamos a los lugares del hecho, y
menos ese día. Entonces busca en el cuerpo qué lesiones puede tener de acuerdo
con esa información. Si a mí me dicen que se escuchó un tiro, voy a buscar un
orificio de entrada y no una herida de cuchillo. Entonces el 50% de la autopsia
lo da el lugar del hecho, es decir el informe que me da la policía o la
fiscalía”. Lo que desborda ese criterio es que se trató de una situación
excepcional, en la que se siguió las “lógicas habituales”: en todos los
procedimientos fue la policía quien realizó esa primera “instrucción”, relevando el lugar de hallazgo del cadáver y
trasladándolo a la Morgue, pues como indica el Jefe Departamental de la Policía
Científica, Jaime, “los cuerpos hallados en la vía pública se llevaban a la
Morgue, a través de móviles policiales y dos morgueras”.
El mismo Comisario Jaime dijo que “ahí en la morgue se hacía una
identificación primaria, dónde se había encontrado, quién lo había hallado y
demás circunstancias. Ya ingresado el cuerpo se hace una registración en los
libros”. De hecho se usó la modalidad de “partes preventivos” policiales, en
las que las comisarías (17 víctimas en el caso de la seccional 4ta) informaban
al Fiscal la cantidad de fallecidos que se iban encontrando como consecuencia
del temporal, que habían sido trasladados a la Morgue y que una vez reconocidos
por sus familiares, de acuerdo con lo ordenado por el Fiscal, serían entregados
sin practicarle la operación de autopsia para su sepultura, bajo la prohibición
de ser cremados.
Nuevamente Vazquez, de Policía Científica, dijo que el listado de
51 víctimas fatales dados a conocer por el Poder Ejecutivo el día 4 de abril de
2013 se hizo en la Morgue policial, en base al lugar de hallazgo y al
reconocimiento médico. Fue la Policía quien instruyó el procedimiento a seguir
porque el Fiscal interviniente permitió la realización de reconocimientos
médico legales en lugar de autopsias; y con ello el Fiscal delegó “de facto” la conducción de la
investigación penal o bien actuó legitimando una serie de actuaciones
policiales previas y ajenas a él. Tal connivencia fiscal policial hubo que de
hecho el 3 de abril el Fiscal Condomí Alcorta montó su centro de operaciones en
la Comisaría 1a de La Plata, porque la sede fiscal estaba inundada. Y el 10 de
abril Condomí y el Juez Atencio realizaron una inspección ocular en la Morgue
policial junto con funcionarios del entonces Ministerio de Justicia y
Seguridad, cuando el ministerio no era parte en la causa penal, y tenía
prohibido por orden judicial el ingreso a la Morgue.
Ahora, si el Fiscal entendía que no había delito en las muertes,
debía cerrar las investigaciones respectivas, cosa que no correspondía, porque:
1) Las circunstancias en que se produjeron los sucesos daba cuenta de la
hipótesis de un estrago seguido de muerte, y 2) Los primeros días (3 y 4 de
abril) era imposible conocer con seguridad la entidad de los delitos que luego
se investigarían, ni tampoco si serían reputados como delitos dolosos o
culposos.
Lo grave del caso fue que al dejar de lado las autopsias, el
Fiscal Condomí Alcorta manifestó su desdén por investigar los potenciales
crímenes derivados de la inacción de funcionarios públicos, manipuló un
estándar legal objetivo (realizar autopsia obligatoria cuando la muerte sea
“violenta o sospechosa de criminalidad”), y deslindó su responsabilidad
posterior de investigar si hubo delito, y si fue culposo o doloso.
En cuanto al registro de ingreso de cadáveres en la Morgue, Jaime,
de la Policía Científica, no quiso entregar los libros de la Morgue y tuvieron
que ser secuestrados por el juez Arias. El “Libro” de Entradas y Salidas de Cadáveres era un simple
anillado de fotocopias en blanco que contenía formularios desprolijos en doble
faz. Copiando involuntariamente los argumentos de los médicos policiales de la
Morgue en dictadura, Jaime dijo que “es un formulario histórico, no es un libro
llenado por una sola persona, sino varias, y hace años se hace de esa forma.
Son anilladas primero y después se completan”. El libro del 3 de abril lo
habilitó Marano, Jefe de la Morgue, sin dejar constancia del número de “folios”
utilizables. Estos “libros” no son protocolos que reúnan medidas de seguridad
alguna o que brinden certeza de los datos que allí se asientan, por lo que no
podrían constituirse en un documento de referencia, sin embargo parece que por
lo menos desde hace 38 años es lo más formal que se hace. Además hay un libro
de “Libro de Muertes Naturales” (o de “Registro de Reconocimientos Médicos
Legales‟). Jaime dijo que “es uno que
completan los médicos, si no ven evidencia de algo atípico, se certifica y
luego va a la funeraria, y demás trámites administrativos. Si el cuerpo fuera a
la Morgue sí se asienta”. Y agregó que muchas veces no se comunican al Fiscal
de turno, y que en ocasiones ni él mismo se entera porque son decesos que
certifican los médicos forenses en el lugar donde son hallados los cuerpos.
Normalmente, a cada reconocimiento se consiga un número de orden,
la fecha en que se practicó, nombre y apellido del causante, domicilio, causa
de la muerte inmediata y mediata, la dependencia policial interviniente, y el
médico que intervino, dejando un espacio en el cual pudieran realizarse
observaciones. Arias advirtió que del 3 de abril en adelante, ningún médico
interviniente suscribió el reconocimiento que realizó, es decir que, también
como se hacía en dictadura, lo que un médico vio siempre lo firmó otro médico
que no vio el cuerpo. En ese libro de “muertes naturales” se asentaron los
casos de Salargue, Azcua y Maquirriaín, víctimas probadas del temporal.
El Fiscal Condomí Alcorta no comunicó con los oficios judiciales
respectivos, cuál habría de ser el destino transitorio o final de los restos,
que en el caso de muertes traumáticas exige la ley. Sólo en 4 casos la
autorización judicial, efectuada por Atencio, fue emitida previamente a la inscripción
de la defunción. Y en los menos de los casos hay un oficio de Policía, en los
que las Comisarias advirtieron expresamente a los familiares acerca de la
prohibición de cremar el cuerpo. En 38 casos no consta siquiera la intervención
policial. Y por oficio del 16 de abril por la UFI N° 5, el fiscal
autorizó expresamente la cremación de los restos
de Hugo Jurado, error que rectificó recién un mes después. Pese a ser
denunciado por el Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ) a una
semana de la tragedia por autorizar la entrega de cuerpos sin el respectivo
oficio judicial, y por su actuación irregular en el cómputo de las víctimas
fatales, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia
de Buenos Aires sostuvo al fiscal Condomí Alcorta interviniendo en la causa sin
tener en cuenta la gravedad de la queja: el mismo funcionario que había sido
denunciado, se encontraba a cargo de la investigación de sus propias
irregularidades.
Nuevos
hechos - Viejas mañas
Pero
donde más claramente se observa la macabra operatoria de la gestión
descontrolada de cuerpos que se hizo en este caso es en lo referido al Registro
de defunciones. La Ley Orgánica del Registro de las Personas N° 14.078.
establece intervención judicial en caso de muerte traumática (con violencia), y
la obliga a comunicar destino (transitorio o final) de los restos con oficio a
Registro Civil. El decreto Reglamentario N° 2047/11 dice que ese oficio es
previo y necesario a la inscripción de la defunción. En el Formulario 03 del
Registro (“constatación de defunción”) el médico certifica identidad y causal
de muerte, es decir que este es el elemento sustancial sobre el cual se labra
sin excepciones el instrumento público, que es el Acta de Defunción.
Entre
las irregularidades llevadas a cabo por los funcionarios del Registro
Provincial de las Personas para la inscripción de las defunciones traumáticas,
y en consecuencia en los registros obrantes en la Delegación Centralizadora de
Defunciones de La Plata, se labraron defunciones sin oficio judicial, lo que
impidió que ningún cuerpo sea sepultado o cremado hasta que un juez indique lo
contrario.
La
Directora de Delegaciones del Registro, Natalia Panella, reconoció que
el caso puede ser habitual, porque no están reglamentadas las licencias de
inhumación y cremación y “si el Director Técnico del órgano lo autoriza, se
puede anotar una muerte traumática sin oficio judicial”. En las muertes
traumáticas, el Registro expide la Licencia de Inhumación dejando constancia en
ese mismo formulario de la prohibición de cremar el cuerpo (porque la autoridad
judicial competente usualmente así lo ordena mediante el respectivo oficio) y
solo puede procederse a la cremación del cuerpo cuando la autoridad judicial
competente lo dispone de manera expresa, de modo que la omisión de la misma
deja librado al ámbito familiar privado el destino de los cuerpos, que
constituyen un objeto de prueba fundamental para las investigaciones
judiciales.
La
gravedad del mecanismo radica en que, como práctica habitual, sin decisión
judicial en el labrado de la defunción, los cuerpos pueden ser sepultados o
cremados, o bien trasladados fuera de la Provincia o incluso fuera de la
jurisdicción nacional. Sumado a eso en este caso hubo decisión del Fiscal de no
realizar las autopsias correspondientes. Ambas actuaciones, judicial de Atencio
y fiscal de Condomí Alcorta, habilitando la inscripción irregular de las
defunciones y la consecuente inhumación de los cuerpos, limitan toda
investigación relativa a la averiguación de las causales de muerte en cada
caso, y dificultan el esclarecimiento de los hechos.
Estas
irregularidades permitieron que se entregaran doble certificado de defunción,
como en el caso de Nélida Reyes, donde uno tenía causal de muerte “PCR no traumático” y el otro como figuraba en el acta del
Registro de las Personas:“asfixia por inmersión”.
Otra contradicción grave en las modalidades vigentes, y que la
tragedia del 2 de abril desnudo, es la contradicción formal de otorgar 60
días al juez para intervenir en una muerte traumática, cuando no le ponen
plazos al médico para hacer el acta de defunción. Como los 60 días corren
desde el labrado del acta, no se establece realmente cuándo intervendrá el
juez, y ello permite sospechar sobre la existencia de cuerpos correspondientes
a víctimas de la inundación, que aún hoy no hayan sido declarados ante el
Registro de las Personas.
De esa hipótesis surgió la necesidad de realizar pruebas
periciales tendientes a identificar los cuerpos existentes en las morgues,
donde pueden permanecer indefinidamente, sin registro alguno, tal como ha sido
reconocido por agentes del Registro de las Personas. El descontrol de registros
fue tan evidente que en 3 casos (Islas, Taliberti y Flores) se labró doble
registro de una misma defunción. Y además, como otra práctica habitual, nunca
queda asentado en el Registro de las Personas nada sobre el destino final del
cuerpo (cementerio o crematorio) salvo que informalmente lo apunte en el
Formulario 3 la empresa fúnebre, que además sólo consigna distrito, y no
institución que se hace cargo del cuerpo.
Pero complicando aún más la identificación de las víctimas del 2
de abril de 2013, la Morgue Policial mezcló casos: declaró después del 2 de
abril defunciones de larga data (de entre 2008 y 2012), y lo hizo sólo con
testigos de la Morgue, sin informar al juez Arias, que había pedido
expresamente que se lo comunicaran, y asentando la maniobra en el Registro de
las Personas con el formulario N° 25 (previsto para los casos que no resulta
posible obtener el DNI, ni tomar las impresiones dactilares por el estado del
cadáver).
Una irregular práctica nunca desterrada en el ámbito forense, por
lo menos desde la dictadura, es la determinación irregular de las causales
de defunción. A través de su investigación, Arias advirtió como una
práctica habitual que médicos particulares
o forenses completen el formulario 03 y que luego lo remitan a los hospitales
(como el Rossi, o el Italiano) para que allí un médico de guardia lo suscriba,
pero sin tener el cadáver a la vista ni haber asistido al paciente en su última
enfermedad, en un claro apartamiento
de lo dispuesto por los arts. 90 y 92 de la Ley N° 14.078.
Sólo de esa manera, en la Morgue Policial de La Plata el Dr.
Menzulo, médico forense, pudo efectuar cuarenta reconocimientos médicos el
día 2 de abril, de los cuales veinte fueron puntualmente a las 22.00 horas. Lo
que Menzulo hizo fue firmar los formularios 03 previamente completados por sus
colegas. El
Dr. Lamotta, médico forense, refirió ante Arias el modo en que los médicos
firman los formularios 03 confeccionados por otros médicos, y adujo que en
ocasiones los familiares “tardan uno o un par de días para retirar el cadáver.
En tal caso el médico que llena el formulario es el que está de guardia, porque
no me van a andar persiguiendo para llenar el certificado. El médico que está
ahí lo llena con los datos que yo volqué en el Libro de Ingreso de Cadáveres, y
en el certificado arriba pone el médico que la autopsia o el reconocimiento fue
realizado por otro médico. Porque viene un familiar y no puede esperar a
llevarse el cuerpo por lo que se hace en el momento. Esto es una cadena, yo
firmo los de otros y otros hacen los
míos”. Las coincidencias
con las excusas de los médicos de la Dirección de Sanidad sobre la gestión de
cuerpos de militantes asesinados tras ser secuestrados en dictadura son .En el
caso de la masacre del 2 de abril, sin reparar en que los galenos asumen con
facilidad la falsedad de un documento público (Formulario 03), el Dr. Lamotta
agregó que “El problema es que [los formularios 03] tienen 48 horas de validez.
Entonces pasa muchas veces que no saben dónde están los familiares, a veces tardan hasta 5 cincos días
para ir a buscar los cuerpos, entonces si ya se hizo el certificado, se tiene que
volver a hacer, pero no llaman al médico que practicó la pericia, sino que lo
hace el que está de guardia. También es muy frecuente que haya errores en el
certificado y no se lo acepten, por lo que viene a corregirlo y lo hace quien
este de guardia, con los datos que surge del libro de cadáveres. Simplemente se
deja constancia que la autopsia la hizo otro médico.”
De
esta manera, en tres décadas de gobiernos constitucionales, la gestión
médico-judicial-policial de la muerte nos alumbra sobre un déficit que, como en
tantos otros ámbitos, ha sobrevivido a las pretensiones de transparencia
democrática. En este caso, los Formularios 03 no tienen ningún control de
seguridad:
-
No tienen protocolos de acción, ni se usan con la discrecionalidad a que obliga
el tema.
-
No se limita a los médicos la cantidad de formularios que pueden expedir.
-
No los obligan a informar si hubo un error en la confección.
-
Pueden rehacerlos indefinidamente.
-
Para hacerlos no se usa papel oficial, ni codificación, ni régimen de entrega
personal a familiares.
En cuanto a la forma en que se autorizó la inhumación de restos,
sea cremación o sepultura irregular, en 2 casos (Oleastro Bealve y
Mancuso) las defunciones fueron asentadas 1 y 2 días después (respectivamente)
de la cremación, que fueron llevadas a cabo en “Cementerio Parque” sin la
correspondiente licencia de inhumación y contra lo que manda la ley. En los
casos Mengual D'Angelo y Mercado, el Cementerio La Plata asentó el ingreso para
inhumarlos antes que la expedición de la licencia de inhumación por el Registro
de las Personas, donde no se explica cómo el médico pudo certificar las
causales de muerte, si a esa fecha los restos de los fallecidos ya habían sido
inhumados. También hubo casos de doble sepultura como el de
Raúl Jaime Isla, comprobándose luego que no fue víctima de la inundación porque
falleció en 2012 (aunque las irregularidades lo suponían una posible víctima
del 2 de abril) su hija y su hermana inhumaron 2 cuerpos diferentes bajo su
misma identidad. Esto se comprobó porque casi todos los ámbitos burocráticos
intervinientes duplicaron la gestión del
occiso: por un lado, en el Cementerio Municipal existen dos sepulturas bajo la
misma identidad de Raúl Jaime Isla, por otro desde la Morgue Policial egresaron
dos cadáveres bajo la identidad de Raúl
Jaime Isla (no consignaron en el “Libro de Ingreso de Cadáveres” el primer
retiro, sino sólo el segundo, además la defunción fue inscripta dos veces en el Registro de las Personas, con 7
meses de diferencia; y finalmente en la IPP N° 06-00-043615-12 en trámite por ante la UFI N° 3 de La Plata se autorizó dos
veces la inhumación del cadáver.
Como no podía faltar, el paso más corto para eludir las trabas que
generan las burocracias, la coima, también hizo su aparición tras los
hechos del 2 de abril. Para el juez Arias “las pruebas develan una suerte de asociación entre empresas que
prestan servicios fúnebres y médicos, a fin de certificar fallecimientos en los
que no ha intervenido previamente algún otro profesional de la medicina, siendo
entregado el certificado resultante, previo pago –por parte de la familia- por
dicho 'servicio', con la firma y el sello de un galeno, que en algunos casos ni
siquiera ha constatado personalmente el cadáver, sometiendo éste trámite a una
comercialización impropia por parte de quienes intervienen”.
Por
todas las irregularidades antes descriptas, se desdibujó el criterio de
valoración probatoria para confirmar víctimas que tan rápidamente salió a
anunciar el gobierno de Scioli, porque la documentación pública no reflejaba la
realidad de lo acontecido. Además, fue imposible obtener varios elementos de prueba, porque con
distintas excusas (como que pese a contar con generadores eléctricos de
emergencia, en la milésima de segundo entre el corte de luz y la activación de
los generadores se perdieron todos los registros formales de aquel fatídico
día), los funcionarios municipales y provinciales de las áreas de Seguridad
nunca pusieron a disposición elementos que hubieran ayudado a reconstruir
situaciones o confirmar hipótesis: nunca aparecieron los llamados telefónicos al número de emergencias 911, ni los registros
videofílmicos del centro de monitoreo de la
Municipalidad
de La Plata, ni las consultas realizadas por
la Policía al sistema de identificación de huellas dactilares. Por eso, con los
recursos del Estado “extraviados” deliberadamente y, una vez más como en la
instrucción de las causas de lesa humanidad, fueron los testimonios de
sobrevivientes, familiares y vecinos la base de la prueba esencial para aportar
un mínimo de claridad sobre lo sucedido, en un contexto de
falsedades,
ocultamiento, desconfianza, confusión y catástrofe.
Pero como siempre hay
sectores que trabajan para que la situación empeore, el desmanejo de cuerpos y
ocultamiento de víctimas tuvo nuevos ribetes. Por un lado, el Ministerio de
Seguridad dispuso (un día antes que se cumpliera un año del mayor crimen social de la ciudad),
el pase a retiro de los comisarios PabloVázquez, superintendente de
Policía Científica, y Jorge Nasrala, superintendente de Investigaciones
en Función Judicial. Presentada como una decisión tomada “en el marco de una
serie de recambios en la cúpula de la Policía”, Vázquez tenía una causa penal
por desacato, que tramitada por el juzgado de Garantías N°2 de César Melazo y
el Fiscal Marcelo Romero, lo sobreseyeron y cerraron el expediente en pocos meses.
A los policías no les cabio siquiera una sanción administrativa, y fueron
sostenidos por casi un año en los cargos que cuestionaba la investigación de
Arias.
Y una semana después del primer aniversario del 2 de abril, en el
que se movilizaron miles de personas por las calles de la ciudad, la Fiscalía de Estado, a través de Hernán Gomez, apeló el fallo de Arias, le objetó aspectos técnicos y lo
consideró “no válido por violar reglas procedimentales y no ajustarse a
derecho”. Con ello, la Cámara de Apelación en lo Contencioso
Administrativo suspendió el fallo de manera preventiva y congeló con ello el poco avance investigativo que
se había hecho sobre el caso. Ante esta situación, los familiares de las
víctimas no ahorraron elocuencia y dijeron que con esta última medida, además de no investigar,
ahora el Estado no reconocía ninguna víctima fatal aquel 2 de abril.
Conclusión
La modalidad impune de gestión de los cuerpos por las instancias
forenses del Estado del Terror en la ciudad de La Plata no son patrimonio
exclusivo de las condiciones excepcionales de un gobierno de facto, porque en
una sociedad cuyos poderes pretenden avanzar a razón de grandes tragedias para
las mayorías, muchas de esas estructuras burocráticas pergeñadas entre médicos,
policías, tecnócratas e integrantes de la justicia continúan funcionando de la
misma manera hasta hoy si de crímenes de Estado se trata.
Hace más de cuatro décadas que se ha planteado y
descripto los mecanismos con que el poder toma a su cargo intervenciones y
controles reguladores de la población para ajustarla a las necesidades de los
procesos económicos. Pensar los fenómenos de administración de la muerte en
nuestras sociedades es un desafío de extrañamiento. Buscar la relación
cuerpo-política para encontrar elementos
para establecer el papel que cumplen los cuerpos muertos en un orden social.
Porque así como el poder de hacer vivir, la “biopolítica” según Foucault, tiene
su reverso en lo que el filósofo italiano Giorgio Agamben, reflexionando sobre
Auschwitz, denominó “tanatopolítica”: Una práctica verificable claramente en
los cuerpos abandonados de los detenidos políticos en los centros clandestinos
de detención y exterminio; pero también apareciendo cotidianamente en el
linyera que todos pretenden no ver, en los indocumentados que emplean los
talleres de costura, en los habitantes anónimos de una villa miseria, en los
presos en una cárcel superpoblada, etc. Todos ellos han sido cuidadosamente
separados de la sociedad para gestionar sus vidas, pero también, de ser
necesario, sus muertes.
Como siempre, nuestra tarea es denunciarlo, y convocar a la
movilización social para que haya Juicio y Castigo. Pero teniendo siempre
presente que, mientras siga siendo una excepción que la clase política pague
sus culpas, son las impunidades de ayer las que generan las injusticias de hoy,
como en este caso se demuestra.
HIJOS La Plata
Junio 2014