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viernes, 25 de octubre de 2013

BNDG - LEYES, NEGOCIOS Y MENTIRAS

Banco Nacional de Datos Genéticos - 2do Round.

LEYES, NEGOCIOS Y MENTIRAS

“El collar químico de ADN que envuelve el cuello
a veces como un hermoso adorno
–nuestro derecho de nacimiento, nuestra historia-
y otras veces como un nudo corredizo”
Amy Michael Homes, La hija de la amante.

Desde la sanción de la ley 26.548 en 2009,  de creación de un nuevo Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), el kirchnersimo viene generando varios descalabros con la excusa de la aceleración de una de las políticas centrales referidas a la tan mentada Memoria, Verdad y Justicia, como es la restitución de los hijos de desaparecidos apropiados durante la última dictadura militar.
La ley de 2009, fogoneada por los organismos acólitos del gobierno, modificó el objeto fundacional del Banco, creado no sólo para resolver uno de los crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura como es la apropiación de hijos de desaparecidos, sino para actuar más ampliamente en todos los conflictos relativos a la filiación de las personas, y lo acotó a los casos de apropiación registrados hasta el 10 de diciembre de 1983. Además, esa ley dispuso su mudanza física del Hospital Durand al Ministerio de Ciencia y Tecnología nacional.
Tras varios pedidos de entrevistas e informes a los funcionarios del área involucrada, incluido el propio ministro Lino Barañao, los organismos no alineados con el gobierno no obtuvimos explicaciones suficientes sobre los motivos y modalidades del traslado, y planteamos varios cuestionamientos sobre la aplicabilidad de la nueva ley, porque afecta derechos esenciales que el Estado debe garantizar.
Como último recurso, en agosto pasado hicimos un abrazo al actual Banco en el Durand y tuvimos que presentar una medida cautelar en el fuero Contencioso Administrativo para generar una discusión seria sobre el tema. Planteamos objeciones de constitucionalidad de 2 artículos de la ley, y requerimos la preservación de todas las muestras existentes en el actual BNDG, no sólo las referidas a lesa humanidad.
EL 12 de Septiembre el Juez Marinelli dictó una medida preliminar y detuvo el traslado hasta aclarar las objeciones de fondo.
Puestos a revisar la cuestión desde su comienzo, descubrimos varios tópicos no reflejados en la discusión que el tema tomó en la agenda mediática nacional. En esta nota aportamos algunos argumentos a lo que ya venimos sosteniendo en política y en la justicia, tanto en lo referido a la improvisación legislativa como en los agujeros negros presupuestarios que rondan al tema.


LA NOVEDAD DESDE EL COMIENZO
El traslado del Banco Nacional de Datos Genéticos es un viejo anhelo del kirchnerismo.
Hacia octubre de 2006 había en discusión en el Congreso un proyecto del diputado Remo Carlotto que proponía la creación de un “Instituto Nacional de Datos Genéticos para el esclarecimiento de Delitos de Lesa Humanidad” y planteaba su funcionamiento en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La iniciativa estaba acompañada por las firmas de 11 diputados del Frente para la Victoria, más Miguel Bonasso por Convergencia y Hermes Binner por el Partido Socialista. (1)
Y si bien aquel proyecto comenzaba a delinear la idea de un traslado del Banco y su acotamiento a delitos Lesa Humanidad, no establecía una fecha límite para los casos en que el nuevo Banco actuaría, como si lo hace la Ley de 2009. De hecho el proyecto de Carlotto era mucho más completo que el Decreto 38/12, reglamentario de la nueva Ley del Banco, porque estipula detalles de administración, del equipo técnico, de controles de calidad, llamado a concurso y conformación de un Directorio con representantes de la Secretaría de DDHH, del Ministerio de Salud, del de Desarrollo y de la CO.NA.D.I.
Entre los fundamentos el proyecto destacaba que las “técnicas que permitieron la identificación de los niños o jóvenes a través del análisis de histocompatibilidad, hoy fueron reemplazadas por el avance de la genética y la utilización del ADN como método, ganando en eficacia en la búsqueda”. Ello no excluye el funcionamiento del actual BNDG, que ha sido reconocido como modelo mundialmente y que ha incorporado estudios de ADN en marcadores genéticos autosómicos, ADN mitocondrial, haplotipos de cromosoma X e Y, SNPs y todo otro tipo de prueba que el desarrollo científico generó en estos años.  Además, el proyecto afirmaba que la supuesta “modernización del BNDG a casi dos décadas de su creación por ley apunta a cumplir con las obligaciones estatales” que prescribe la Comisión Interamericana de DDHH. Y da por sentado que para una adecuada actualización técnica hay que trasladar el Banco. Lo único que el proyecto detallaba sobre el traslado era que “los datos registrados hasta la fecha en el BNDG integrarán el Archivo Nacional de Datos Genéticos del INDG, por lo que deberán ser incorporados. De esta manera, se garantiza la preservación de los datos, tanto de los jóvenes que se han acercado en busca de su identidad como de los familiares que han dejado sus muestras de ADN, algunos de los cuales han fallecido”. Puesto a consideración del Congreso, en Diciembre de 2006 hubo dictamen de mayoría y de minoría para realizar modificaciones al proyecto Carlotto, y se aprobó una moción para que vuelva a Comisiones.
Tres años más tarde, en septiembre 2009, el Poder Ejecutivo Nacional presentó un proyecto firmado por Aníbal Fernández y Julio Alak, insistió con la creación de un nuevo Banco en el Ministerio a cargo de Alak y con que la adecuación técnica justificaba el traslado. Resulta evidente que el proyecto del PEN está copiado del proyecto de Carlotto porque muchos fundamentos son exactamente iguales. Es decir: lo que no pudo aprobarse por iniciativa de un diputado por falta de consenso, se impulsaba ahora desde el Ejecutivo. Es interesante destacar que mientras el proyecto del PEN es de septiembre 2009, ya el 6 de mayo de 2009 el mismo PEN había dictado el Decreto N°511, firmado por CFK y los ministros Sergio Massa, Aníbal Fernandez, Florencio Randazzo y Graciela Ocaña. Allí se invocaba la Ley de Protección de Datos Personales (Nº 25.326) y la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, aprobada en 1997, y se afirmaba que “resulta necesario adecuar las disposiciones del Decreto Nº 700 del 24 de mayo de 1989 a fin de adaptar el funcionamiento del BNDG a los estándares jurídicos y técnicos vigentes en la materia”. (2)
Pero para ello no proponía ningún traslado, sino que mandaba a sustituir el Decreto del ’89 por otro que puntualizaba que el BNDG “tendrá su asiento en el Hospital General de Agudos 'Carlos G. Durand' dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires” y que ello incluiría “la estructura y planta de personal, ámbito físico, mobiliario y equipamiento”. En concreto: se pregonaba la adecuación sin necesidad de traslado desde el mismo poder de Estado que simultáneamente exhortaba a una injustificada mudanza.

VIEJAS OBJECIONES
Revisando la versión taquigráfica de la discusión en el Senado y en Diputados en 2009 encontramos que muchas de las objeciones planteadas por el grupo de organismos que presentamos la cautelar en agosto de 2013, ya habían sido planteadas por los diputados opositores en 2009 frente al proyecto oficial de traslado.(3) La única novedad al momento de aprobación de la ley del nuevo Banco fue el inopinado paso de destino del traslado desde el antes adecuado Ministerio de Justicia al, supuestamente ahora más pertinente, de Ciencia y Tecnología.
Si lo que se buscara con la nueva ley es acelerar la política de restituciones, hay que poner en claro que hoy el Banco funciona con  un fondo comparativo equivalente a menos de la mitad de los 500 casos que se estimó históricamente, que de los 109 casos de restitución efectiva al momento,  los identificados por análisis de laboratorio, sean genéticos o inmunológicos, suman 62 -de los cuales los 9 primeros fueron identificados por el servicio de inmunología del Durand antes de la creación del BNDG-, y que el resto fue localizado e identificado por abuelas por otros medios; y que esos 62 positivos fueron extractados de otros 4200 casos que dieron negativos. Claro que eso es menos un argumento para especializar el Banco desnaturalizando su objeto fundacional que la base del reconocimiento de los logros a medias de una obligación del Estado, como es otorgar identidad a los hijos de desaparecidos.


AL DESCUBIERTO
Con posterioridad al fallo de la justicia de septiembre pasado, que atiende la medida cautelar que presentamos los organismos que criticamos el desguace y desnaturalización del Banco e impide provisoriamente su traslado, el ministro Barañao hizo publicar en la página del Ministerio un comunicado queriendo dilucidar temas que nunca antes había aclarado, y que no están en ningún articulado de la nueva ley, ni de su decreto reglamentario. (4)
De hecho, son patentes las desprolijidades de ese Decreto N°38 de Noviembre 2012, que reglamenta la nueva ley del Banco. El texto tiene 29 artículos, de los cuales 15 están aún sin reglamentar pese a que el Ejecutivo insiste con el traslado por tener una ley marco aprobada en el Congreso. El articulado estipula cuestiones administrativas relativas al control de calidad de las muestras ya trasladadas, a la integración del Directorio y Consejo Consultivo del nuevo Banco, sus funciones y sueldos. Pero nada dice de la conformación del plantel técnico de trabajo, ni de las modalidades técnicas del traslado material de las muestras sensibles. Mucho menos sobre las miles de muestras de casos de filiación no relativas a delitos de lesa humanidad alojadas actualmente en el Banco del Durand, que al no estar contempladas por la nueva ley, quedarán en un limbo legal del cual el Estado parece no hacerse cargo.
Con la cautelar encima, Barañao insiste ahora con la idea de que la adecuación técnica justifica el traslado y acotamiento del Banco, y dice que “Si bien la Ley 23511 del año 1987 que creó el BNDG mencionaba en su primer artículo que el objeto del Banco era el ‘esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación’, todas sus disposiciones operativas se refirieron fundamentalmente a la identificación de “niños desaparecidos o nacidos en cautiverio” por el accionar del terrorismo de Estado que asoló al país hasta el 10 de diciembre de 1983. En realidad, si bien el proyecto de ley original de la 23.511 que se envió al Congreso en abril de 1986 establecía que el objeto del banco sería "obtener y almacenar la información genética de familiares de niños desaparecidos o presuntamente nacidos en cautiverio", durante su debate parlamentario en 1987 tanto senadores como diputados dispusieron por unanimidad que el objeto del Banco se ampliara "a fin de obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación". Esa fue una inquietud explícita de Chicha Mariani en aquel momento, porque se concebía el derecho a la identidad como un todo, y así quedó plasmado en la Ley 23.511.
Apurado a dar explicaciones, el ministro ensaya que si en el ‘87 se estableció “que la dirección del BNDG recaía en el jefe del Servicio de Inmunología del Hospital Durand”, se lo hizo “porque en esa fecha ese servicio poseía el único laboratorio del sector público que realizaba las pruebas en las que se basaba antiguamente la identificación genética”. Y que como “el Ministerio de Ciencia se manifiesta a favor de la universalidad del derecho a la identidad y trabaja en distintos ámbitos para encontrar una alternativa que satisfaga esta necesidad”, justifica el acotamiento del objeto del Banco porque “existen otros laboratorios públicos que pueden hacer la tarea” de otros casos relativos a filiación que no sean lesa humanidad. Lo que el ministro no aclara es que, aún con la existencia de otros laboratorios, que además no tienen  la experiencia del Banco para trabajar  en identificaciones (por ejemplo con vínculos discontinuos), ello no excluye la responsabilidad del Estado a normar el acceso al derecho a la identidad y no generar el vacío legal que la nueva ley abre.
Por último, Barañao reconoce en Octubre de 2013 que el cruzamiento de los bancos del Durand y del EAFF “será realizado en cualquier sede en la que el BNDG funcione, incluso si este permaneciera operativo por más tiempo en el Hospital Durand”.
Es curioso que dos de los especialistas designados por el ministro para la coordinación del traslado opinen lo contrario. En una entrevista brindada a la oficina de prensa de la facultad de Exactas este mes, Víctor Penchaszadeh afirma que “Nunca se van a fusionar las bases porque cada cual tiene objetivos diferentes. Una es para la identificación de restos óseos de personas desaparecidas y la otra es para identificar hijos de desaparecidos, nietos de abuelas”. (5)
Al Dr. Penchaszadeh  hay que reconocerlo como figura central en la creación del BNDG en los ’80, pero también hay que señalar que se le escapa que la búsqueda es también de tíos sobre sobrinos o de hermanos sobre hermanos, y que su opinión es contraria a lo que establece la nueva ley, que habilita intervención de “Auxiliar a la justicia y/o a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales especializadas en la materia (...) en la identificación genética de los restos de personas víctimas de desaparición forzada”. (6)
O bien del decreto reglamentario, que afirma que el nuevo Banco deberá ampliar su archivo informático con perfiles genéticos “ obtenidos a partir de estudios realizados en el BANCO o aquellos obtenidos por otras organizaciones especializadas en estudios genéticos realizados en el marco de convenios suscriptos entre el Estado Nacional”. (7)
La incauta  concepción de que la identificación de restos va por un carril distinto a la identificación de personas apropiadas parece no tener en cuenta el detalle de que ambos casos son producto del mismo plan criminal y que los familiares de las personas a las que pertenecen los restos óseos serían familiares además de los jóvenes que buscan su identidad si éstos resultaran ser hijos de las personas a las que corresponden los restos.
 Quizás el ministerio debería revisar la contradictoria estrategia de prensa que viene desarrollando, mucho más teniendo en cuenta que las notas periodísticas que daban cuenta de la desnaturalización del Banco por la voluntad de desarrollar investigaciones en medicina genómica, y del involucramiento de los  Doctores Dopazo, Penchaszadeh y Targovnik, en esas circunstancias, fueron sacadas bajadas de la red a partir de la presentación judicial de los organismos que denunciábamos tal hecho.
Entre ellas, la página de la Fundación Centro de Investigación Príncipe Felipe (Valencia, España), que en diciembre pasado anunciaba que la institución “colabora en la puesta en marcha del Nuevo Instituto de Genómica Humana de Argentina”, y además daba detalles del cruce del negocio de la genómica humana y el intercambio científico que el Estado promueve aprovechando la experiencia y labor pionera del BNDG, fundado por Abuelas de Plaza de Mayo, para alojar un nuevo Banco Nacional de muestras físicas y digitales de ADN de la población Argentina”. (8)

CERO A LA ENÉSIMA
El Ministerio que conduce Barañao fue creado en 2003, y viene administrando un presupuesto de entre 2.600 y 3.100 millones de pesos anuales con 546 cargos en Recursos Humanos. Eso representa un 0,6 % del presupuesto total de la Administración Pública Nacional. El área tuvo un aumento de más de 400 millones de pesos entre 2011 y 2012, años en que se comenzó a construir la nueva sede del Banco.
En su ejecución 2012, estipula 4 áreas de programas, de los cuales el programa 43, que tiene entre sus funciones “asistir financieramente al nuevo BNDG”, incluyó casi 360 millones de pesos en 2012 y casi 390 millones en 2013. Entre las actividades específicas del programa 43, la N° 13 se denomina “Acciones del BNDG” y con 33 cargos en recursos humanos viene recibiendo entre 11 y  13 millones de pesos (3,5% del total presupuestario del Ministerio). (9)
Lanzado a la conquista del futuro según el Plan Argentina Innovadora 2020, la remodelación de la nueva sede del Ministerio le costó a Barañao en 2012 unos 60 millones de pesos, y en 2013 otros 98 millones. Recordemos que la feria de Tecnópolis le costó a Barañao otros 70 millones de pesos este año.
Según detalles del Presupuesto Nacional aprobado en 2012, el Ministerio de Barañao invirtió 160 millones de pesos en proyectos de inversión entre 2011 y 2012, y otros 177 millones en adquisición de bienes de uso en el mismo período. Y pasó de 10.600 a 11.300 cargos administrativos entre 2012 y 2013, lo que como claro símbolo de una opción política sigue representando el 10% del gasto de los cargos de las áreas de Seguridad o Defensa, las vedettes del gasto público Nacional. Como último dato de la discrecionalidad del gasto entre obras necesarias y superfluas, apuntemos que mientras en 2012 se asignaron 17 millones de pesos para la recuperación edilicia del Hospital Posadas, el Centro Cultural del Bicentenario en el ex Correo recibió más de 500 millones.
Según el Ministerio, la nueva sede del nuevo Banco, en el séptimo y octavo piso del edificio de Córdoba 831, albergan laboratorios con características del “primer mundo”. Serían 300 metros cuadrados donde se alojarían los laboratorios y oficinas administrativas.  A ello habría que agregarle que, aunque el decreto reglamentario lo exige hace tiempo, no hay todavía responsable designado en el área, ni se constituyó el jurado para concursar el cargo, ni hay ningún paso todavía para definir quienes deberían hacer el armado del concurso y la designación de los jurados. Según los coordinadores designados para el traspaso, el Ministerio les está ofreciendo a los actuales trabajadores del Banco “trasladarse a la nueva dependencia con las mismas condiciones laborales”, aunque desde fuentes del propio equipo del Banco afirman que el Ministerio aun no ofreció nada en concreto y que no está actualmente en condiciones de cumplir con un ofrecimiento tal.
En su informe al juez Marinelli, el Ministerio afirma que “no puede estimar siquiera la fecha de mudanza”, cuando en realidad se han cansado de hacer anuncios de prensa sobre el nombramiento de coordinadores para el traspaso y de elogio de las nuevas instalaciones de calle Córdoba, de las cuales aportó fotos a la Justicia como exigua prueba de la conveniencia del traslado del Banco.
Según el otro especialista designado para coordinar el traslado, Héctor Targovnik, “las medidas de seguridad del BNDG en su sede actual son deficitarias. No podría ser acreditado por ningún organismo internacional porque las condiciones de seguridad no son las de un laboratorio de biología molecular moderno, la estructura edilicia no es la adecuada”. (10)
Cabría agregar que si la estructura actual no se correspondiera con las técnicas empleadas, sus resultados no serían válidos, cuando en realidad no ha habido ninguna denuncia técnica de insuficiencia al Banco del Durand, y su trabajo es reconocido mundialmente, para algunos hasta que deja de convenirles. Y en todo caso, correría la misma objeción para el nuevo Banco, si tenemos en cuenta que como parte de la reglamentación de Ley 26.548 existe una  Comisión Asesora, creada a esos efectos por Resolución 224/10 del Ministerio, que en 4 años de sancionada la ley no terminó de desarrollar el articulado que corresponde. 


LA OBSECUENCIA
Es clarificadora la intervención judicial de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo en la cautelar para defender el traslado copiando los argumentos del Ministerio e invisibilizando la represión en el gobierno “de los Derechos Humanos”. En el mismo escrito presentado al juez Marinelli, Abuelas destaca el elevado status del BNDG en el Durand, pero pregona la optimización de su funcionamiento. Y con ello, al defender el acotamiento del objeto de la entidad y su traspaso, no considera nunca la  posibilidad de excluir del derecho adquirido a la Identidad  a aquellos que han sido víctimas de desapariciones forzadas después del 10 de diciembre de 1983. Abuelas menciona que durante el 2008 el “Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias” remarcó que “los esfuerzos de búsqueda desplegados por actores no gubernamentales y gubernamentales (…) tendrían que ser garantizados mediante medidas legislativas de largo aliento, con el fin de que las políticas gubernamentales se conviertan en políticas de Estado, que no varíen, se diluyan o reduzcan como consecuencia del cambio de administración o de gobierno”.  Por ende, con la limitación del 10 de diciembre de 1983, y ante la ausencia de amparo normativo para aquellos casos posteriores a dicha fecha, queda abierta la posibilidad de que la desatención de esos casos particulares encuentre fundamento en la ausencia absoluta de una ley que respalde su búsqueda.
La Asociación Abuelas dice genéricamente que el BNDG siempre fue concebido como una herramienta destinada a los casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado y que la creación de bancos de datos genéticos deben ser específicos frente a escenarios de desapariciones “masivas”. Abuelas coincide en todo con el comportamiento ausente del Estado Nacional frente a los casos de desapariciones recientes en manos de civiles y fuerzas de seguridad: los desconocen, los desatienden y subestiman la búsqueda de personas cuyo paradero se desconoce por motivos relacionados a crímenes durante la democracia, no menos importantes pese a no ser “masivos”, aunque sobrepasen los 200 casos a través de las últimas 3 décadas.

Hasta ahora, todos los argumentos que los organismos presentamos a la justicia para exigir una política clara en el tema no han sido contradichos, ni se ha ofrecido prueba en contrario a lo planteado.
Pero algo queda claro entre tanta desprolijidad: El titular de las muestras existentes en el Banco no es el Estado Nacional, sino los familiares de desaparecidos, que tienen total legitimidad para cuestionar al Estado, responsable del traslado, si las garantías no están brindadas. Y en todo caso, no se puede argumentar que la pretensión del Estado de búsqueda de la Verdad, que es su obligación, puede estar por encima del derecho de los familiares.
  
NOTAS:
(8) Invitamos a encontrar esas notas, antes existentes, en www.cipf.es
  
HIJOS LA PLATA

Octubre 2013

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