NO AL 2x1 - Basta de domiciliarias a los genocidas! * SI NO HAY JUSTICIA... HAY ESCRACHE * A dónde vayan los iremos a buscar!

sábado, 18 de febrero de 2017

Domiciliaria al genocida Norberto Cozzani

ASESINO PROBADO Y CON BASTÓN... A CASA
Por HIJOS La Plata.

En fallo dividido, el TOF 1 de La Plata otorgó hace días la domiciliaria al represor Cozzani en casa de su hermana en Villa Luro por considerarlo inválido. El genocida había sido condenado a perpetua en 2012 por los hechos de la casa Mariani-Teruggi de La Plata -incluida la apropiación de la nieta de Chicha Mariani- y 17 casos de secuestros y torturas en el CCD Puesto Vasco de Quilmes.


El pasado 6 de febrero y con la firma de los jueces subrogantes Alejandro Esmoris, Germán Castelli y Pablo Vega, el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata decidió conceder la domiciliaria a Norberto Cozzani como parte de la resolución de un incidente planteado en la ejecución de sentencia de la causa “ALMEIDA, Domingo y otros” de juicio oral ya realizado por el tribunal hace 5 años. En el caso la fiadora del beneficio será su hermana Viviana, que le estaría tramitando la cobertura médica de PAMI, y lo alojaría en su domicilio de Avenida Escalada N° 465 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convenientemente ubicado a 20 cuadras del Hospital Álvarez de Floresta.
Un pedido del esmerado defensor oficial de Cozzani, Gastón Barreiro, citó profusamente antecedentes jurisprudenciales para solicitar el arresto domiciliario basado en un informe médico producido por el Hospital Penitenciario de Ezeiza que daría cuenta de las diversas patologías que padece. Ello sería “micro-angiopatía cerebral diabética con trastornos en miembros inferiores progresivos, inestabilidad y vértigo, hipertensión arterial, diabetes tipo II, obesidad mórbida, sedentarismo, tabaquismo, ACV isquémico, cirugía abdominal por eventración, enfisema pulmonar y enfermedad discal de columna lumbar”, y el defensor concluía en que “el estado de salud de Cozzani, que es crónico de forma irreversible no puede ser tratado adecuadamente en el lugar donde se encuentra alojado que además carece de la infraestructura necesaria para un paciente de las características del nombrado colocándolo en situación de vulnerabilidad, que se verá agravada si permanece en ese encierro en el que se encuentra poniendo en riesgo su estado clínico”. A tamaño drama abundó el letrado defensor en que como en el penal no se lo podía atender, tuvo que ser trasladado varias veces, lo que le habría provocado caídas al suelo reiteradas, y lo derivaría en una mejor atención desde su casa, donde cuenta “con la contención de su familia y con los cuidados propios de la nueva modalidad de detención, pudiendo ser rápidamente trasladado o asistido por un servicio ambulatorio en caso de una emergencia”. Nuevamente, como en los casos más recientes de Miguel Etchecolatz, Jorge Bergés o José Madrid, la propia ineficiencia y precariedad de la responsabilidad de custodia del Estado juega a favor de los asesinos.
Frente al planteo del defensor, los volubles fiscales Marcelo Molina y Hernán Schapiro pidieron un informe médico completo para decidir su posición. Y nuevamente, como en el caso Etchecolatz del año pasado, el informe del Cuerpo Médico Forense de la Corte de Nación, firmado por el perito Carlos Carini afirmó que Cozzani “no presenta alteraciones en sus facultades mentales”, que evidencia el uso de bastón “para realizar una marcha claudicante” y que “se encuentra en condiciones de cumplir la detención en su presente lugar de alojamiento”, esto es el Hospital Penitenciario de Ezeiza con controles clínicos, cardiológicos y dieta. Curiosamente un agregado del perito Claudio Capuano afirmó que “su polineuropatía mixta de miembros inferiores le dificulta la autovalidéz, circunstancia que complicaría su permanencia en un establecimiento carcelario”, como si un pabellón de ancianos no contemplara la asistencia motriz permanente.
Ante el confuso informe, que por un lado habilitaba la cárcel común hospitalaria y por otro sugería la domiciliaria, los fiscales exigieron un nuevo informe que aclarara si la situación de Cozzani se encuadraba en alguno de los supuestos establecidos por el art. 32 de la ley 24.660, que habilita la domiciliaria en casos médicos extremos. Entonces el perito Capuano concluyó que podía seguir en penal con el tratamiento médico adecuado “incluyendo asistencia para las actividades de la vida diaria”. Pero a toda esta disputa, la defensa de Cozzani sumó un informe médico privado del Dr. Héctor Etchepare acusando “un leve deterioro cognitivo marcado y progresivo” y una entrevista de sus letrados con el reo donde les manifiesta que al no poder caminar solo debe “aprender a vivir de nuevo”, que esto le produce fobia y pánico, que se “le montan los dedos de la mano y pierde fuerza en los brazos” y que en el pabellón “hay solo una enfermera para atender a 24 internos, pero que suele estar más ocupada con Patti, que necesita asistencia”.
Todo esta jugada ablandó tanto a cristianos como a moros, pues dió y quitó el decoro y quebrantó cualquier fuero. Los versátiles fiscales Molina y Schapiro accedieron a concederle el beneficio y el tribunal siguió el efecto. En la resolución del 6 de febrero, el juez Castelli se remitió a lo que había resuelto cuando habilitó la domiciliaria a Etchecolkatz en fallo de julio de 2016, y dijo que “pese a las afirmaciones de los médicos tratantes en cuanto a que Cozzani puede ser debidamente tratado en la unidad en la cual se encuentra alojado, el dato objetivo de que en numerosas oportunidades debe ser asistido por sus compañeros de detención para la realización de actividades cotidianas como pueden ser alimentarse, vestirse o ir al baño, desvirtúa en gran medida la afirmación de los galenos” lo que haría sin más al reo un verdadero inválido. Se nota que el Dr. Castelli no conoce la situación de la mayoría de los internos de penales federales respecto al acceso a salud, alimentación, recreación y trabajo, o los considera autoválidos pese a los golpes, la comida podrida, los colchones mojados por la humedad, el aislamiento injustificado y el abandono médico, sino firmaría domiciliarias en masa para los infractores al menudeo a la ley 23.737 que habitualmente su Tribunal manda a ejecutar condena. En su voto el Dr. Vega llamó la atención a una contradicción de los fiscales, que pese a que los peritos del HPC, CMF y los propios dijeron que el reo podía continuar en el penal -en situación de Hospital nunca en celda común- pese a ello accedieron a otorgarle el beneficio, con lo cual el juez votó negando la domiciliaria. Pero el Dr. Esmoris desempató la cuestión sólo con asentir al voto de Castelli en dos esmerados renglones.
En esta maraña novelada de argumentos médico-leguleyos se pierde lo esencial del caso, que es quién es el reo en cuestión y qué condena ha recibido. En diciembre de 2012 Cozzani había sido condenado a prisión perpetua de cumplimiento efectivo como autor de los homicidios de Diana Teruggi, Roberto Porfidio, Eduardo Mendiburu Elicabe y Juan Carlos Peiris, por la sustracción, retención y ocultamiento con alteración del estado civil en perjuicio de Clara Anahí Mariani Teruggi, todo ello ocurrido en el ataque a la casa Mariani-Truggi en noviembre de 1976, y por 17 casos de secuestro y torturas ocurridos en el CCD Puesto Vasco, ubicado en la localidad de Don Bosco en Quilmes. Aquella condena fue parte del juicio denominado “Circuito Camps”, que incluyó hechos de sólo 5 de los casi 30 CCD de la zona represiva del conurbano sur de la provincia de Buenos Aires.
El represor Cozzani, hoy de 65 años, había ingresado de muy joven a la policía bonaerense en plena dictadura y tras haber hecho un breve paso por el Ministerio de Acción Social bonaerense durante el gobierno del mafioso jerarca de la UOM Victorio Calabró, donde realizó tareas investigativas al amparo del jefe del 1er Cuerpo del Ejército, Alberto Cáceres. Ya en la fuerza comenzó a actuar como custodio de Etchecolatz en la Dirección General de Investigaciones, mientras el chofer se especializaba en delitos económicos y se comenzaba a ejecutar el plan represivo. Figura central en la persecución del “grupo Graiver” y en la investigación de los negociados del empresario periodístico Jacobo Timmerman, Cozzani participó personalmente en marzo del ’77 en los operativos de secuestro de los empleados del grupo y sus familiares, así como en las torturas e interrogatorios que éstos sufrieron en el Centro Clandestino de Detención llamado Puesto Vasco, que funcionó entre 1976 y 1978 en la Subcomisaría de la localidad de Don Bosco, por donde pasaron más de 70 detenidos ilegales.
Detenido desde abril de 1986 como parte del Juicio a las juntas, en la Causa 44 que juzgó a los jefes de la represión de la bonaerense de Ramón Camps, Cozzani fue imputado de 80 hechos entre secuestros y torturas, y se lo condenó a la irrisoria cifra de 4 años de prisión sólo por los casos de Isidoro y Juan Graiver, Lidia Papaleo y Silvia Fanjul. Cumplió una mínima parte de esa condena en el penal de Magdalena, al ser beneficiado con la nefasta ley de Obediencia Debida.
Gozando de la impunidad pactada, Cozzani se refugió en la actividad comercial como gerente del conocido frigorífico platense “Gorina S.A.”, fundó una empresa de venta de carne enlatada llamada “Meat Center” y finalmente, gracias a sus contactos militares, fue designado en tiempos menemistas como director de la Cámara de Comercio del Mercosur con sede en la ciudad brasilera de San Pablo.
Tras la reapertura de los procesos contra los genocidas fue nuevamente detenido en septiembre de 2004. Alojado en el penal de Marcos Paz, Cozzani descubrió sus dotes literarias y comenzó a redactar un libro, finalmente publicado en 2006 bajo el desafiante título “Yo asumo – Conciliemos. Desde la prisión del Dr. Kirchner”. Allí, entre eclécticas citas de San Martín, Mahatma Gandhi y León Bloy, el represor repasa su pasado como ladero de Etchecolatz, se despacha sobre su condición de “preso político” y destila efluvios tanto sobre la gestión kirchnerista como sobre algunos de los represores de la dictadura que, afirma, lo han traicionado. Mientras tanto traficaba la teoría de la reconciliación y justificaba los crímenes del Terrorismo de Estado en frases como: “los denominados ‘centros clandestinos’ tenían nombre, mástil, bandera y escudo, y todos los vecinos tenían conocimiento de que eran dependencias oficiales”; o bien “que hubo errores y excesos, ¡Claro que es cierto! Pero cada argentino debiera preguntarse no sólo quienes son los culpables, sino también, quién está exento de culpas?”.
En exacta coincidencia con lo manifestado por los ministros, centuriones, Avrujs y Lopérfido de la gestión Macri, Cozzani expresó en sus últimas palabras frente al TOF 1 de La Plata antes de ser condenado en 2012: “Señores Jueces, escuché hablar muchísimo de genocidio en las últimas audiencias, y al margen de las distintas interpretaciones de la filosofía jurídica aplicada, me parece una calificación terrible, no por la suma de más o menos años de cárcel, sino por su equiparación con el más cruel, repugnante y horroroso sistema que el ser humano pudo haber practicado en el mundo moderno. (…) He leído bastante sobre el corredor polaco y el gheto de Varsovia. Estoy plenamente convencido que comparar lo aquí actuado con aquello, es una ofensa para con toda la comunidad judía de argentina, como también una falta de respeto para con la comunidad armenia de nuestro país (...) Todos sabemos que el número 30.000 no es correcto, recordemos que incluso el mismo Dr. Duhalde, ex Secretario de Derechos Humanos de la Nación, dijo que era fundamentalmente una cifra simbólica”.
El negacionismo imperante en los mandamases del Estado en la Argentina de 2017 tiene claros mentores en quienes protagonizaron la represión de Estado que hace más de 40 años luchamos por esclarecer. Es nuestra tarea seguir afirmando ante quien pese que son 30 mil y que fue Genocidio.

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