NO AL 2x1 - Basta de domiciliarias a los genocidas! * SI NO HAY JUSTICIA... HAY ESCRACHE * A dónde vayan los iremos a buscar!

martes, 19 de septiembre de 2017

DECIMOCUARTO audiencia del juicio a dos represores de la CNU La Plata.

PERPETUAS A LA VISTA

En una nueva jornada del juicio a los represores Carlos Castillo y Juan José Pomares,  con algunas desmemorias políticas y notables tibiezas del derecho el fiscal Juan Martín Nogueira pidió perpetua para ambos genocidas. La ausencia crónica del “Líder” en la aquiescencia de las bandas de derecha para cometer delitos de lesa humanidad. El debate está llegando a la etapa final: restan alegatos de querellas y defensas. Se espera sentencia, con suerte, para fines de octubre.
Por HIJOS La Plata


Tras una breve audiencia 13 donde se decidió la incorporación por lectura al debate de prueba varia como el libro de detenidos de la comisaría 8va, donde estuvieron alojados varios CNU presos en abril de 1976,  y los testimonios brindados por Alfredo Lozano, policía e integrante de la banda de Castillo, en la audiencia 14 se escuchó el alegato del Ministerio Público Fiscal, a cargo de Juan Martín Nogueira.

CONTUNDENTE EN LO MATERIAL
El fiscal pidió prisión perpetua para ambos represores, acusados por los casos de 7 víctimas en 3 hechos represivos distintos. Para el fiscal los hechos del juicio son crímenes distintos de los juzgados hasta ahora, tanto por ser parte de una dinámica anterior al golpe de Estado como por ser dinámicas represivas diferentes al sistema concentracionario de la dictadura, además de tratarse de civiles actuando en organizaciones para-estatales. La fiscalía calificó los hechos, en rigor secuestros, torturas y homicidios cometidos entre febrero y abril de 1976, como crímenes de lesa humanidad, puesto que la CNU "actuó bajo el amparo del Estado o cuanto menos con su anuencia" y porque "fueron parte de un ataque contra la población civil en el contexto de una práctica generalizada y sistemática".
Castillo fue acusado como autor de la privación ilegal de la libertad agravada y el homicidio agravado del secretario general del Sindicato de Empleados por Reunión del Hipódromo de La Plata, Carlos Antonio Domínguez, y en la privación ilegal de la libertad del vocal de esa organización, Roberto Fiandor, ocurridos el 12 de febrero de 1976; y en la privación ilegal de la libertad agravada y el homicidio agravado del trabajador de la empresa Limpiolux y ya para la época ex militante del PCR, Leonardo Guillermo Miceli, del 19 de abril del mismo año. Tanto Castillo como Pomares fueron imputados como autores de la privación ilegal de la libertad agravada y el homicidio agravado de Néstor Dinotto y Graciela Martini y por la privación ilegal de la libertad agravada de Daniel Pastorino y de Adelaida Barón, los cuatro militantes por entonces de la Juventud Peronista, hechos que tuvieron lugar entre el 3 y 4 de abril de 1976 entre Villa Elisa y las afueras de La Plata. Respecto a los tormentos, los represores fueron acusados por el fiscal en grado de partícipes necesarios por la aplicación de tormentos agravados por la condición de perseguidos políticos de este último grupo de víctimas. La fiscalía explicó que al momento del hecho la norma aplicable preveía su efecto sólo para agentes estatales, pero al haber actuado con la aquiescencia del Estado, los dos civiles pueden y deben ser condenados por esas conductas.
Tanto Castillo como Pomares fueron señalados directamente por los testimonios de los sobrevivientes, que los reconocieron durante los secuestros. La esposa de Miceli, Ana María Bossio, señaló a Castillo como quien le realizó por detrás un simulacro de fusilamiento en el momento en que se llevaron a su esposo, que apareció acribillado en un arroyo en Avellaneda. Por su parte en el debate los sobrevivientes Pastorino y Barón sindicaron tanto a Castillo como a Pomares como integrantes de la banda que  los secuestró en Villa Elisa y los torturó en una casilla rodante en calle 64 y diagonal 113, junto a sus compañeros luego asesinados Dinotto y Martini. En el caso de Domínguez y Fiandor, la prueba que vinculó directamente a Castillo con los hechos fue el hallazgo en su domicilio de una máquina de escribir Engadine 44, un regalo que le había hecho el dirigente gremial a su hija Silvia para los 15 años que fue robado entre tantos objetos en la madrugada de su secuestro.
En un importante tramo del alegato, el fiscal Nogueira se encargó de descartar las alegaciones de los genocidas de que ya fueron juzgados por estos hechos y  que ellos también fueron víctimas de la dictadura y destacó que fueron presos por delitos comunes. El fiscal realizó un pormenorizado análisis de la detención que sufrieron en abril de 1976 y de la causa penal Nº715 que pesaba sobre ellos. Destacó que fueron presos por delitos comunes y siempre estuvieron a disposición de un juez y con abogado que los representara, a diferencia de los perseguidos políticos que estaban bajo la órbita del área operacional 113  y, si sobrevivían, luego legalizados a disposición del PEN. De hecho, destacó el fiscal “terminaron condenados, aunque con penas mínimas, por los delitos de robo y asociación ilícita durante el mismo período abarcado por la dictadura”. Castillo recibió cinco años de prisión y Pomares cuatro. Por este dato la Fiscalía decidió no sostener la acusación por el delito de robo por el que había llegado a juicio Castillo. Los represores salieron de la Unidad 9 en 1979. No fueron caso como víctimas en el juicio de Unidad 9 de 2010, ni fueron mencionados como víctimas de tortura por ningún ex preso político víctima en esa causa.
Nogueira recordó que en una de las causas de los CNU en dictadura, por tenencia de armas de guerra y explosivos, el juez Adamo quiso enviar el expediente a un Consejo de Guerra, es decir un tribunal militar que intervenía frente a los denominados "delitos subversivos" y que el órgano rechazó la competencia y determinó que ni las acciones de la banda ni sus integrantes entraban en la categoría de lo que los genocidas y sus jueces concebían como "subversivos", sino que eran delitos comunes cometidos en provecho personal. Nogueira señaló que las detenciones de los miembros de la CNU durante la dictadura se explican porque "dejaron de ser funcionales como mano de obra represiva, lo que no implica que no lo hayan sido en el momento de los hechos".
La Fiscalía señaló que la Policía bonaerense conocía muy bien la acción de la CNU, cuyo despliegue fue registrado por su Dirección de Inteligencia, y que la organización estuvo integrada por miembros de fuerzas armadas y de seguridad. Consideró entonces acreditado el respaldo estatal con el que actuó la CNU con "la prueba que demuestra el conocimiento que tenía la propia Policía de la provincia de Buenos Aires respecto de la existencia y el actuar" del grupo y, asimismo, "de la actuación conjunta de la Policía, el Ejército y la CNU”. Pero la aquiescencia estatal para actuar no concluía allí. Nogueira recordó la afinidad con el grupo por parte del gobernador bonaerense Victorio Calabró, por la necesidad que este tenía de controlar el conflicto gremial dentro del Hipódromo platense, donde trabajaban varios miembros de la organización, como Pomares, que fue dejado cesante a partir de su detención en abril de 1976. Indicó que la CNU garantizaba al gobierno provincial el control de los recursos que se generaban allí y que "a cambio obtenía el amparo estatal para poder seguir operando". En el juicio fue central el testimonio de Silvia Domínguez, la hija del asesinado dirigente gremial del turf, que relató que su padre había sido amenazado para fines de 1975 y sus compañeros sabían que lo andaban buscando, cuando sufrió un secuestro con su esposa para ser amenazados directamente por el gobernador: "fueron levantados, subidos a un coche y llevados al despacho a ver al gobernador Calabró, quien le dijo que se dejara de joder con la huelga porque era boleta". La Fiscalía también recordó la inserción y el accionar de la CNU en la Universidad Nacional de La Plata, en los colegios secundarios y en los ministerios de provincia.


TIBIO EN LO POLÍTICO
En contrasta con una prolija acusación técnica, entrados al terreno político empezaron los dislates del fiscal. Nogueira aclaró que "si bien los hechos se producen entre febrero y abril de 1976, es decir en una suerte de continuidad entre una etapa y otra, están afiliados a la sistemática represiva generada en el final del gobierno de Isabel Perón". El fiscal remarcó que la génesis del terrorismo de Estado la constituyeron los "decretos de aniquilamiento" dictados en 1975 por el gobierno de Isabel Martínez, pero se remontó al golpe de Estado de 1955 para definir los antecedentes del marco que intensificó las acciones de un Estado represivo que derivó en la década del '70 en el terrorismo de Estado: "De acuerdo a las distintas fuentes históricas consultadas y los testimonios que hemos escuchado en este debate, a partir de esa época, 1955, comienza en nuestro país una escalada de violencia y divisiones de la sociedad hasta entonces extraña”.
Resulta extraño que para valorar la especificidad de los crímenes de las bandas paraestatales de la derecha peronista se olvide precisamente la actuación de la derecha peronista. Además, para valorar esta especificidad no es necesario remontarse al origen del Terrorismo de Estado en nuestro país, que Nogueira ubica en 1955 pero que bien debería compendiar apreciaciones sobre la capacidad instituyente de la “Legión Infernal” en el inicio del Estado Nación, sobre las disciplinarias exhibiciones de las cabezas de los caudillos populares en la punta de una pica de parte del Ejército de Sarmiento y Mitre, sobre el alcance civilizatorio del régimen de oferta de 1 patacón por cada par de orejas de Tehuelche en la avanzada genocida del Ejército de Roca, sobre el ejemplificador fondeo de anarquistas en el Riachuelo como práctica de la llamada “Ley Fernández Bazán” en la década infame, o bien sobre de la silenciada persecución y cárcel de militantes socialistas y comunistas en el primer gobierno peronista.
Nogueira señaló que el Terrorismo de Estado tuvo dos etapas. Una antes del golpe de Estado y otra posterior a aquél: "Lo cierto es que en la primera etapa del plan que comprende a los hechos, suscitada por la implementación de un sistema que desde el propio Estado Constitucional habilitó una persecución a enemigos subversivos delegando en las fuerzas armadas esa tarea, se afiliaron a ese plan organizaciones paraestatales como la Triple A y la CNU en la que participaron los acusados, entendiéndose que el cambio de metodología por la de los centros clandestinos instaurada por el gobierno de facto supuso la innecesaridad de grupos como los que integraban los acusados". ¿Cuándo empezó entonces el último Genocidio en nuestro país? Sucede que responder eso implica horadar en los secretos más profundos sobre los crímenes de Estado cometidos en el tercer gobierno peronista, y no todos los sectores políticos están dispuestos a hacerlo. En más 40 años de impunidad de esos crímenes se ha elaborado un relato desde el peronismo “oficial” que exculpa a Perón de todo compromiso con el aniquilamiento de opositores cuando ejercía la presidencia de la Nación. Las narraciones que buscan deslindar al líder de la represión fueron abonadas en varios sentidos: que Perón trató de evitar que se generaran las condiciones que sirvieron de excusa al posterior genocidio, pero que su fallecimiento abortó esa iniciativa; que la violencia política con aquiescencia estatal comenzó después del 1 de julio del `74, o como señaló la fiscalía en su alegato “en las postrimerías del gobierno de Isabel Martínez”; que el fuerte apego institucional del líder lo aleja de cualquier iniciativa política ilegal; que Perón contempló acciones ilegales pero nunca violentas; o bien que el armado y funcionamiento de la Triple A se circunscribe a un plan ejecutado por exclusivamente por López Rega y la CIA; y que el lopez-reguismo había realizado un cerco sobre el presidente para conducir y ocultarle la represión en curso. Sin embargo a esta altura hay suficientes material documental para acreditar la combinación de una política legal con una ilegal en el gobierno de Perón, que habilitaba el uso de la violencia y produjo más de 500 homicidios, como parte de su intento para disciplinar a distintos sectores políticos, ideológicos y sociales en el marco de su intento de Pacto Social.
Por ejemplo, el Dr. Nogueira olvidó mencionar el el llamado “Documento Reservado” del Consejo Superior del Movimiento Nacional Justicialista del 1 de octubre de 1973, hecho político en respuesta al asesinato del secretario general de la CGT José Ignacio Rucci, producido poco tiempo antes. Esa iniciativa se dio en el órgano político central del peronismo, donde tenían expresión las ramas política, juvenil, sindical y femenina del movimiento. Y en la reunión de acuerdo del Documento estuvieron presentes Raúl Lastiri (en ese momento presidente interino de la Nación); los ministros del Interior, Benito Llambí, y de Bienestar Social, José López Rega, los gobernadores y vicegobernadores y el senador nacional y secretario general del PJ, José Humberto Martiarena. El Documento significó la aceleración del proceso de “depuración ideológica” del peronismo. A la par de ello se creó a la vista de toda la sociedad un Estado al margen de la ley dentro del propio estado de derecho. Porque además el Documento resultó una carta abierta a la cacería de todo aquel militante que no encuadrara en las definiciones del momento, definiendo la situación como “estado de guerra”, estableciendo directivas específicas en tareas de inteligencia y delación de los denominados “infiltrados” o “marxistas”, extendiendo los medios de lucha a la violencia armada y determinando acciones precisas y conjuntas tanto de los integrantes del movimiento peronista como de funcionarios del gobierno.
Finalmente el fiscal Nogueira hizo saltar de su silla a más de una de las personas presentes en la sala de audiencias al hacer una extraña valoración antes de realizar el pedido de penas. Dijo que “en consonancia con una buena doctrina, las escalas penales son solo un marco de referencia a los fines de guiar el principio de proporcionalidad”, ya que “si la referencia legal es desproporcionada corresponde no aplicarla por imperativo constitucional”. Entonces generó un momento de tensión sobre qué pena iba a pedir, cuando afirmó que “no obstante la pena perpetua que preceptúa la ley, he valorado todas aquellas defensas y circunstancias que han surgido en este debate. Es así que he valorado la edad de los acusados en el momento de los hechos, 20 años Pomares, 23 Castillo; también el hecho del tiempo que han estado detenidos, como asimismo otros argumentos referidos a su inserción en la vida democrática”. Olvidó con esto último al Pomares refugiado con el PJ en la Legislatura bonaerense y al Castillo del Modín en los ’80 con 7 causas por tenencia de explosivos, armas y robos varios. Sin embargo, con el público en máxima tensión, prevaleció la cordura y Nogueira aclaró que “todas esas atenuantes considero que no tienen capacidad de modificar ni justificar salirse del criterio legal, quedando a mi entender absolutamente justificada la pena perpetua”. Al final el fiscal se reivindicó mencionando “la extensión del daño y la dimensión que tiene este en el caso, para las víctimas y sus familiares, un daño inconmensurable que escapa a cualquier posibilidad jurídica de reparación en los niveles humanos y existenciales de lo que ello produce”.
Como dijimos el juicio está llegando al final, quedando para el lunes 25 de septiembre los alegatos de la acusación de la Secretaría de DDHH y de la querella de la Unión por los DDHH. El espacio Justicia YA La Plata alegaría el lunes 2 de octubre y luego de ello sería el turno de las defensas de los genocidas. Con todo ello se espera sentencia para fines de octubre o comienzos de noviembre.


LAS AUDIENCIAS CONTINÚAN EL LUNES 25 DE SEPTIEMBRE A LAS 10:30 HS EN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE 8 Y 51. PARA PRESENCIARLAS SOLO SE NECESITA SER MAYOR DE EDAD Y PRESENTAR DNI. 

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11 AÑOS SIN JORGE JULIO LOPEZ.

11 AÑOS DE IMPUNIDAD Y ENCUBRIMIENTO ESTATAL.
Por HIJOS La Plata


Jorge Julio López fue desaparecido por segunda vez hace 11 años, en las vísperas de los alegatos del primer juicio oral que condenó al genocida Miguel Etchecolatz, Director General de Investigaciones de la policía bonaerense durante la dictadura. López fue un testigo fundamental para probar los crímenes cometidos por Etchecolatz y otros integrantes de la bonaerense en los Centros Clandestinos de Arana, Comisaría 5ta, Comisaría 8va y en la Unidad 9 del Servicio Penitenciario Bonaerense.
Desde aquel 18 de septiembre de 2006 la lucha y la movilización por su aparición con vida ha sido incesante. La causa judicial que estuvo cargo de los jueces Arnaldo Corazza y Manuel Blanco, en cambio, acumula millares de fojas y expedientes paralelos con cientos de declaraciones, sin ningún resultado. Por su parte, el gobierno de Néstor Kirchner y luego el de Cristina Fernandéz, cubrió con un manto de silencio el caso, transformándose en cómplices del encubrimiento, junto a los gobernadores Felipe Solá y Daniel Scioli, y el Poder Judicial.
Con el secuestro de López los genocidas intentaron hacer caer los alegatos e impedir la condena de un fallo histórico. No pudieron. Intentaron reinstalar el miedo para que los juicios no continuaran. No pudieron. No solo fue la desaparición de López, también asesinaron a Silvia Suppo y hubo una avalancha de amenazas a sobrevivientes, jueces, miembros de organizaciones sociales y políticas.
Ninguno de estos hechos fue esclarecido. Lo que siguió fue una larga cadena de impunidad para ocultar a los autores materiales e intelectuales del secuestro y para encubrir la complicidad estatal en todas sus instancias. Hicieron todo lo necesario para que a 11 años el compañero siga desaparecido y no haya ni un solo culpable preso ni procesado. Sin embargo ninguna amenaza fue suficiente para frenar el reclamo en los tribunales y en las calles exigiendo Justicia.

CONTINUAMOS LA DENUNCIA
Además de estar todos los 18 en las calles de La Plata, en Mayo de 2014 desde el espacio Justicia Ya La Plata, que nuclea a organismos de Derechos Humanos independientes del Estado y los gobiernos, llevamos la causa López ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA. Agotadas las vías locales, al año siguiente repetimos el reclamo en el sistema internacional de DDHH, ante el grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU con una lista detallada de los más de 210 casos de desaparición forzada en desde el '83 a esa fecha.
En ambas presentaciones afirmamos que el Estado argentino no aseguró las condiciones necesarias para avanzar en la obligación de asegurarles a las víctimas una investigación seria y objetiva que permita determinar todas las responsabilidades del caso vinculadas con el accionar ilegítimo por parte de los distintos funcionarios públicos.
El 28 de agosto pasado, tras 3 años de plazo, la CIDH notificó que se remitió nuestra denuncia al Estado Argentino, por el plazo de 90 días para que responda qué hizo en la causa Lopez desde 2006 hasta ahora. El macrismo seguramente eludirá el tema y dirá que fue parte de la “herencia recibida”. Sin embargo hoy deben responder como titulares del poder de turno.
El Estado argentino posee dos condenas clave de la CIDH en cuanto a crímenes cometidos por sus fuerzas de seguridad: en 2003 por el caso Walter Bulacio y la continuidad de las detenciones policiales arbitrarias; y en 2011 por el caso de Iván Torres y la continuidad de las desapariciones forzadas en gobiernos constitucionales. Ambos casos tuvieron consecuencias tardías y ambiguas: en el caso Bulacio una condena mínima al responsable de la razzia, Comisario Miguel Espósito, por la detención y no por las torturas seguidas de muerte a Walter, y la puesta al descubierto de la persistencia e incremento de normas y prácticas que facultan a la policía a detener personas más allá de la flagrancia o la orden judicial. En el caso Iván Torres un juicio fragmentado, al que su madre denuncia como una farsa, y la condena con penas mínimas (aunque sí por el delito de desaparición forzada de persona) a sólo 2 de los policías de Chubut que desaparecieron a Iván, más la modificación obligada del Código Penal incluyendo en el artículo 142 ter la figura de desaparición forzada de persona.
A 34 años de concluida la dictadura el Estado argentino sigue propiciando las condiciones para que se produzcan las desapariciones forzadas, esto es, sigue favoreciendo las detenciones ilegales y arbitrarias, y la negación de esas detenciones.
Este año nos encontró enfrentando la provocación del gobierno ajustador macrista de, además de convalidar con su Corte Suprema el 2x1 a los genocidas, intentar darle la libertad de irse a su casa al asesino Miguel Etchecolatz. La inmediata denuncia y la masiva respuesta popular puso al desnudo la maniobra de otorgar semejante beneficio a este genocida. El gobierno y la justicia tuvieron que retroceder. Haber frenado la domiciliaria a Etchecolatz es un gran triunfo porque si pasaba abría la puerta para que se la den a muchos represores más. Más de los 530 que ya gozan de ese beneficio. Hasta ahora tuvimos una política de juicios fragmentados y a cuenta gotas, por pocos casos y contra pocos genocidas, llegando a que los represores mueran sin condena. Esto es la impunidad biológica. Ahora quieren imponer la impunidad de las domiciliarias, donde no va a importar si los genocidas son condenados porque van a estar tranquilos en sus casas. Si esto ocurre, los juicios se transformarán en un mero trámite simbólico sin mayores consecuencias para los peores asesinos de nuestra historia.
Sumado a esto, tuvimos que asistir también a la repudiable decisión de la corte macrista que quiso otorgarles a los genocidas el beneficio del 2 x 1, premiándolos con la reducción de sus condenas. Pero una vez más con las masivas movilizaciones en todo el país los jueces debieron  revocar el escandaloso fallo.

LA HISTORIA SE REPITE
Hace más de un mes que  Santiago Maldonado fue desaparecido por el Estado, luego de la brutal represión de Gendarmería al interior de la Lof en ResistenciA de Cushamen (Chubut).
Desde el primer momento que a Santiago lo secuestró la gendarmería, y que por lo tanto el Presidente Macri, la Ministra Patricia Bullrich, el Jefe de gabinete del Ministerio de Seguridad, Pablo Noceti, y el juez Federal Otranto, que mandó el operativo y ahora dice investigarlo, son los responsables directos de su desaparición forzada.
Es completamente repudiable el rol que cumplió la Ministra desde que sucedió el hecho, defendiendo impunemente a la gendarmería y a su propia política represiva que tanto ella como Noceti llevaron adelante en la comunidad Mapuche.
Los mecanismos de encubrimiento con los que el gobierno trata de tapar lo sucedido, son iguales a los que utilizó el Kirchnerismo para encubrir la desaparición de Jorge Julio López: la negación, el silencio y el encubrimiento. Se plantan continuamente todo tipo de pistas falsas, se investiga a Santiago en lugar de investigar el accionar de la Gendarmería. Se orquesta una tremenda operación de prensa que apunta a deslindar la responsabilidad que tiene el gobierno en la desaparición de Santiago. Y se estigmatiza a las comunidades Mapuches de usurpadores y terroristas, lo cual no hace más que acudir una vez más a la teoría de los dos demonios.

SEGUIMOS LA LUCHA
Nuevamente la respuesta del pueblo ante la gravedad que implica la desaparición forzada de una persona en un acto represivo de tal magnitud como el que se dio en Chubut fue implacable, saliendo cientos de miles de personas a las calles a exigir la aparición con vida ya de Santiago. La fuerte presión social y el contundente  pedido de la familia promovió que la Fiscalía subrogante que tiene a cargo la investigación sobre el paradero de Santiago Maldonado re-caratule la causa 8232/2017 a “desaparición forzada” de persona.
Santiago Maldonado no es el primer desaparecido en democracia, ni tampoco el primero después de Jorge Julio López.
La continuidad de la práctica represiva de desaparecer personas tras detenerlas ha sido moneda corriente en todos los gobiernos durante los últimos 34 años de “democracia”. Desde 1983 hubo más de 215 casos de desaparición forzada en todo el país. Siendo la provincia de Chubut, en la que desapareció Santiago, una de las que cuenta con mayor índice de desapariciones forzadas, con 15 casos desde 1983 a 2017.
Varios son los “casos testigo”, en los que el desprecio por la vida, la selectividad represiva, la desidia investigativa y el funcionamiento de las fuerzas de seguridad como una corporación encubridora son el eje conductor.
En casos como los de Andrés Nuñez (La Plata 1990), Miguel Bru (La Plata 1993) e Iván Torres, (Chubut 2003) la pretendida denuncia de un delito menor se convirtió en secuestro, seguido de torturas en sede policial y ocultamiento del cuerpo para encubrir los hechos anteriores. En otra modalidad típica, como los casos de Daniel Solano (Rio Negro 2011) y Mario Golemba (Misiones 2008), la detención arbitraria y la eliminación de las víctimas se realizó por agentes del Estado en combinación con grupos económicos sobre conocidos referentes de organización sindical de base que luchaban contra situaciones de explotación laboral.
En casos como los de Luciano Arruga (La Matanza 2009) y Jonathan “Kiki” Lezcano (2009), la persecución previa de la policía da paso a las detenciones, que se suceden en torturas, homicidio y ocultamiento del cuerpo ”blanqueándolo” en el sistema formal de Hospitales, Morgues y Cementerios con la complicidad de toda la estructura estatal de gestión de la muerte.
En el caso de Santiago Maldonado la responsabilidad estatal es evidente, ya que fue detenido por una fuerza nacional en el marco de una represión abierta.
Por eso desde HIJOS La Plata decimos que Santiago no es solo un “artesano” y un “tatuador”, como le describen despectivamente los medios de comunicación. Santiago, “EL LECHUGA”, es sobre todo  un conocido compañero militante anarquista oriundo de 25 de Mayo e instalado en La Plata, solidario y comprometido con todas las luchas populares que en nuestra ciudad ha desarrollado experiencias de trabajo comunitario, educación popular y lucha antirrepresiva. Al “Lechuga” NO SE LO LLEVARON porque sí, por mera casualidad. Al Lechuga se lo llevaron por sus consecuentes convicciones políticas, por atreverse a ponerle el cuerpo al hecho de insurrección que significa la defensa de la justa causa del pueblo Mapuche. Asi como López quedará en la memoria social de nuestro pueblo por haberse animado a denunciar 30 años después a los verdugos de la peor dictadura de nuestra historia, por eso  lo desaparecieron.
Hoy más que nunca debemos sembrar conciencia de que los responsables de la desaparición forzada en el país de los 30 MIL son siempre los agentes del Estado. Por acción o por omisión. Es siempre el accionar del Estado, en el que algunos hoy están y otros que hoy se rasgan las vestiduras democráticamente planchadas estuvieron hasta hace un par de años. El caso de Santiago nos muestra que el aparato represivo sigue intacto y con renovadas modalidades.
En esta fecha seguiremos exigiendo que se esclarezca qué fue lo que pasó con López, con Maldonado y con todos los desaparecidos en democracia. Por el juicio y castigo a los responsables de todos estos crímenes.

-¡APARICIÓN CON VIDA YA DE JORGE JULIO LÓPEZ!
-¡BASTA DE SILENCIO, ENCUBRIMIENTO E IMPUNIDAD!
-¡JUICIO Y CASTIGO A LOS RESPONSABLES POLÍTICOS Y MATERIALES DE SU SEGUNDA DESAPARICIÓN!
-CÁRCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS! NO AL 2 X 1! NO A LAS DOMICILIARIAS!
-¡APARICIÓN CON VIDA YA DE SANTIAGO MALDONADO! ¡FUERA PATRICIA BULLRICH!
-JORGE JULIO LOPZ PRESENTE!
-SANTIAGO MALDONADO PRESENTE!
-30.000 COMPAÑEROS DETENIDOS-DESAPARECIDOS PRESENTES!

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