NO AL 2x1 - Basta de domiciliarias a los genocidas! * SI NO HAY JUSTICIA... HAY ESCRACHE * A dónde vayan los iremos a buscar!

viernes, 14 de julio de 2017

NOVENA audiencia del juicio a dos represores de la CNU La Plata

UNA FLOJA AYUDITA DE TUS AMIGOS

En una nueva jornada del juicio a los represores Carlos “Indio” Castillo y Juan José “Pipi” Pomares comenzó la rueda de testigos de las defensas de los asesinos. Presenciamos un flojo papel de los peronistas platenses amigos de Pomares tratando de presentarlo como un militante de base y víctima de una persecución política.

Por HIJOS La Plata
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En primer término dio su testimonio Carlos Ángel Donamaría, amigo personal del “Pipi” Pomares, hombre del Partido Justicialista y ex intendente de Junín, que trató de pintar al asesino como un abnegado militante por la causa de los humildes. Donamaría, apodado “El Oveja” entre la militancia, relató que conoció a Pomares en la década del ’80, cuando él se vinculó al Movimiento de Renovación impulsado en el partido por Antonio Cafiero y cuya rama platense era coordinada entonces por Julio Alak. Afirmó que militó junto a Pomares en el peronismo desde 1987 y hasta su detención, y que “El Pipi” le había comentado su preocupación por el avance de la causa en su contra en una de las tantas reuniones que tenían, café de por medio, en el centro platense. “¿Qué vas a hacer? Tenés contactos políticos”, le habría preguntado el amigo al represor, que según Donamaría le contestó: “No voy a ver a ningún político, ni me voy a ir. Vos sabés que soy inocente y no maté nunca ni una mosca”. Ante tal escenificación de la mentira, el público presente no pudo contener su expresión de irritación y exclamó indignado. Ante ello el presidente del tribunal, Germán Castelli, ensayó una sanción individual al o los vociferantes y luego resolvió desalojar la sala por el resto de la audiencia.
Al retomar su colorido relato el testigo profundizó que un día en los ’80 había que organizar un acto para el PJ y lo mandaron a hablar con Pomares para movilizar a la gente en micros desde barrio Hipódromo. Allí habría conocido al represor, lo cual denotó que no tenía nada para aportar sobre los hechos del juicio. De hecho, sobre la época de los hechos, el testigo dijo que entre el ’71 y el ’76 trabajó como fotógrafo en el hipódromo, retratando la llegada de caballos al disco, el pesaje y el desensillado. Curiosamente agregó que, aunque él no era empleado del hipódromo y no iba cuando no había carreras, “nunca vi conflictos y no conocía al personal”.
Donamaría olvidó relatar que él mismo fue sub-interventor del hipódromo en la gestión de Alak como intendente, en 2002, durante la intervención de Gerardo Carezano en la sede local del turf. Curioso el dato de que cuando procesaron a Pomares y a Castillo el ministro de Justicia de la Nación kirchnerista no era otro que el propio Alak, que nada aportó a la causa CNU La Plata quizás porque conoce demasiado el paño. El círculo de amistades, cargos y negocios en el peronismo de ayer y de hoy se cierra perfectamente, ya que Donamaría es hoy hombre del diputado Juan José Amondarain, de quien durante mucho tiempo fue secretaria la mujer de Pomares.
También dijo que Pomares trabajó de asesor del senador provincial del PJ Carlos Mosse, quien a su vez había sido secretario de Hacienda del Ministerio de Economía de Nación durante las gestiones de Eduardo Duhalde y de Néstor Kirchner, y bajo el mando de Roberto Lavagna y Felisa Micelli. Mosse tenía mandato como senador entre diciembre de 2007 y de 2011, pero murió de cáncer en junio de 2011. Su militancia en el kirchnerismo parece no haberle impedido conchabar como asesor en el senado provincial al asesino Pomares que, al igual que muchos otros integrantes de la CNU local, vivió durante décadas de los sueldos de empleado público que consiguió en la Legislatura provincial y la Municipalidad platense por sus contactos políticos. Entre ellos, Alberto “El cabezón” Delgado, responsable del reciclamiento de muchos asesinos de la banda de Castillo en el poder local. Por las dudas, Donamaría trató de aclarar: “Mosse era a-mi-go de Pomares. Y si hubiera sabido que tenía una falencia de otra época, no lo hubiera soportado ni cinco minutos”. Contrasta con los 42 años que lleva impune por sus crímenes de juventud al amparo de todos los dirigentes del PJ local.
En el máximo de la puesta en escena el testigo agregó que en los ’80 el asesino se dedicó siempre a organizar los barrios, “a la acción social, con comedores y apoyo escolar. Siempre tuve el mejor concepto de él. Nunca en mi vida pude verle una patología mental, ni nada por el estilo. Fue un gran compañero. Siempre preocupado por los humildes”, aseguró sin perturbarse.


La segunda y última testigo fue Juana Alina Silveira, jubilada de 65 años, ex militante peronista de base y también amiga y compañera de Pomares.
En un testimonio evidentemente acordado con anterioridad, Silveira conto que “Pipi es más chico que yo. Cuando él empezó a militar yo ya estaba participando. Es un peronista acérrimo, siempre preocupado por los que menos tienen. La verdad que es una persona admirable. Un militante, un peronista”.
Para sumar dramatismo contó, sin especificar fecha ni lugar, que en dictadura ella estuvo detenida-desaparecida durante 3 meses, que tiene un hermano desaparecido y otros que estuvieron detenidos en la esa época. Agregó que en las visitas a su hermano en la Unidad 9 supo que Pomares estaba allí detenido. Al preguntársele si sabía por qué estaba detenido Pomares dijo: “Por ser peronista”. En realidad la causa por la que cayó en desgracia la banda de la CNU La Plata fue porque, a las par de los asesinatos políticos, realizaban violaciones de domicilios y robos simulando ser autoridad policial.
La testigo relató también que en los ’90, Pomares fue compañero de militancia de Juan Carlos Arias, a quien apodaban “El Vaca”. Arias sufrió 6 meses de detención ilegal en dictadura en la sede de Infantería/Caballería de la Policía Bonaerense en calles 1 y 60. Como testigo en este juicio Arias contó que en el operativo de su secuestro en abril de 1976 estuvo presente el “Indio” Castillo, en lo que fue además uno de los últimos hechos protagonizados por la CNU en La Plata. Llegada la democracia, varios militantes del ’70 se refugiaron en el alakismo, donde se cruzaron peronistas de bandos antagónicos del pasado. Según la testigo, cuando Alak dejó la intendencia muchos punteros de fueron dejados cesantes, y desde la Unidad Básica de 12 y 34 los que tomaron la posta para reorganizar el espacio fueron “Vaca” y “Pipi”.
A partir de allí, las afirmaciones de la testigo comenzaron a alejarse cada vez más de la realidad. Primero quiso dar a entender que en la Unidad 9 estaban detenidos juntos los presos políticos y los integrantes de la CNU, y que todos sufrieron tortura. La afirmación fue refutada en este y otros juicios por el testimonio de Luis Córdoba, trabajador de Astillero y ex preso en dicho penal, que contó detalladamente que los CNU estaban aparte y gozaban de libertades y privilegio que los presos políticos no tenían. Al repreguntarse por el tema la testigo Silveira dijo: “En las visitas los familiares estábamos juntos, los presos no sé”.
Luego, al preguntársele en qué agrupación específica del peronismo en los barrios militaban con Pomares en los ’70 no supo responder. “En el PJ, en la Juventud Peronista”, dijo. Resulta paradójico que los militantes de la Juventud Peronista de La Plata eran en realidad las víctimas de la CNU, muchos de cuyos casos se han ventilado en este juicio aunque no son tenidos en cuenta como caso para la acusación.
Ante tal desparpajo, el juez Alejandro Esmoris preguntó a la testigo si se trataba de la Juventud Peronista de la República Argentina, un grupo de la derecha del movimiento encabezado por Julio Yessi (hoy condenado por delitos de lesa humanidad) y conocido en la jerga como la “Jotaperra”. Silveira contestó inmutable: “No. Es la primera vez que lo escucho. Nosotros no estábamos afiliados. Éramos peronistas”.
Al requerirle si supo si Pomares fue parte de alguna otra organización contestó escandalizada: “Nooo!!!”. A pregunta del juez Germán Castelli, a punto de perder la paciencia, sobre si oyó hablar de la CNU, la testigo respondió: “Escuché, pero nunca la entendí. Era un centro universitario, ¿no?. Era un grupo muy cerrado”. Y finalmente, sobre si Pomares, que está acusado en este juicio por el secuestro y homicidio de Néstor Dinotto y Graciela Martini, integró la CNU dijo: “Noooo!!! Era muy chico”.


La estrategia de los abogados de Pomares, Christian Romano y Oscar Salas de presentar como testigos a las amistades de los represores de Estado no es nueva. Cuando defendieron al comisario Luis Raúl Ponce, uno de los torturadores y desaparecedores de Andrés Nuñez desde la Brigada de Investigaciones de La Plata en 1990, llamaron a su esposa a brindar el “buen concepto” que tenía de su marido. Sin embargo la señora terminó reconociendo que lo ayudó a profugarse, situación en la que estuvo 12 años hasta ser capturado en 2012 y condenado a perpetua en marzo pasado.
La mise-en-scène de Salas y Romano continuará por un par de audiencias, con la citación de más amigos de Pomares y dirigentes del PJ platense como Tomás Bernard, Osvaldo “El Gallego” Rodríguez Maggi, el ex secretario del gobernador Victorio Calabró, Juan Destéfano, y hasta el ex montonero y hoy hombre de negocios en la industria bélica Mario Montoto. Para hablar de las dotes de los acusados faltaría citar a los ex CNU que aún quedan vivos, y que son más de una decena.

TRAS LA FERIA JUDICIAL, LAS AUDIENCIAS CONTINÚAN EL 7 DE AGOSTO A LAS 10 HS EN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE 8 Y 51. PARA PRESENCIARLAS SOLO SE NECESITA SER MAYOR DE EDAD Y PRESENTAR DNI.

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jueves, 6 de julio de 2017

OCTAVA audiencia del juicio a dos represores de la CNU La Plata

AJUSTADOS A DERECHO 

En una nueva jornada del juicio a los represores Carlos “Indio” Castillo y Juan José “Pipi” Pomares la querella de Justicia Ya La Plata pidió la ampliación de indagatorias por 4 casos que no habían entrado en el debate. El resto de las querellas y la fiscalía no acompañaron el pedido. El Tribunal reconoció errores en la instrucción de la causa, pero rechazó por unanimidad el planteo. La endeble dinámica de los juicios a los genocidas quedó con ello al descubierto.


Por HIJOS La Plata
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En la octava audiencia del proceso contra dos represores de la CNU La Plata, la querella del espacio Justicia Ya La Plata, que integramos la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, Apel, Ceprodh, HIJOS La Plata y otros compañeros y compañeras, realizó una intervención en el debate que se imponía necesaria tras haber escuchado los testimonios sobre decenas de casos que no están contemplados en este juicio. Este proceso que contempla 7 casos en 3 hechos distintos, lo decíamos en notas anteriores, queda muy chico para la cantidad de crímenes que cometió la banda de la derecha peronista en nuestra ciudad y que superan los 60 homicidios. Precisamente tomando aquellos testimonios donde se mencionaba específicamente a los represores Castillo y Pomares, se realizó un pedido de ampliación de la acusación y de nuevas indagatorias sobre ambos imputados, apelando al artículo 381 del Código Procesal Penal que oportunamente establece que “si de las declaraciones del imputado o del debate surgieren hechos que integren el delito continuado atribuido, o circunstancias agravantes de calificación no contenidas en el requerimiento fiscal o en el auto de remisión, pero vinculadas al delito que las motiva, se podrá ampliar la acusación”. Según el código entonces “el nuevo hecho que integre el delito o la circunstancia agravante sobre la que verse la ampliación, quedarán comprendidos en la imputación y en el juicio”.
Las abogadas Luz Santos Morón (Ceprodh) y Pía Garralda (Apel) responsabilizaron por los delitos de privación ilegal de la libertad, torturas y homicidio agravado a Carlos Ernesto Castillo respecto de las víctimas Carlos Sathicq, Ricardo Rave, Horacio Urrera, y Luisa Marta Córica y a Juan José Pomares por los casos de Urrera y Córica. Las abogadas conceptuaron esos crímenes como “perpetrados en el marco del plan genocida llevado adelante en nuestro país durante el terrorismo de estado previo y durante el último golpe cívico-militar”.Carlos Sathicq  era trabajador y delegado gremial de la empresa Limpiolux, contratista de la entonces Propulsora Siderúrgica del grupo Techint. Fue secuestrado en la madrugada  del 20 de abril de 1976, en el mismo operativo en el cual  secuestraron también a Leonardo Miceli y Horacio Urrera. Los tres fueron secuestrados y asesinados juntos, y sus cuerpos aparecieron acribillados juntos a la vera del arroyo Santo Domingo, en Sarandí.
En la audiencia del pasado 17 de mayo, la testigo Ana María Bossio, esposa de Miceli,  expresó señaló la conexión entre los tres crímenes y señaló que el padre de Sathicq fue a reconocer los cuerpos con su padre. También en el juicio, el 22 de mayo pasado, el hermano del militante peronista, estudiante de derecho y delegado gremial en Rentas Horacio, Mario Urrera, refirió que en una gestión por su hermano ante el Regimiento 7 conoció a Frauro Sathicq, el padre de Carlos, e intercambiando datos dedujeron que sus familiares habían sido secuestrados en un mismo hecho. Todos los relatos de los familiares coincidieron en marcar un mismo modus operandi: secuestros por la noche, operativos en banda, con armas largas, con autos particulares, simulando autoridad policial o militar, robando pertenencias de las familias, ultimando los cuerpos en un descampado. La unidad de hechos que presentan los casos Sathicq y Urrera fue fragmentada en la instrucción sin ningún fundamente y sólo se tomó en cuenta para este juicio el caso de Miceli. Era la oportunidad de saldar esa iniquidad.
Además, en la audiencia del  29 de mayo el hijo de Luisa Marta Córica, militante de la JUP, trabajadora de la Legislatura y delegada de los trabajadores del Hipódromo platense, secuestrada y asesinada el 7 de abril de 1975, calificó el crimen de su madre como “un acto del terrorismo del Estado” del que aseguró “yo también soy víctima junto a mis hermanos, ya que arrastramos esto desde hace 42 años”. Ariel Suárez relató que tenía 10 años, y sin embargo pudo reconstruir  que su madre: “vivía atemorizada y sintiéndose expuesta”,  por las amenazas de la CNU. Recordó que tuvo charlas con su madre y que siempre le nombraba al “Indio” Castillo como “la peor amenaza”. De hecho recuerda haberle pedido a Luisa que se fuera y reclamarle “¿Qué vamos a hacer si el “Indio” te mata?”. Ariel contó que cuando pudo recuperar el puesto de trabajo de su madre en la Legislatura fue conociendo a algunos compañeros de ella y que se cansó de escuchar que le mencionaran que el “Pipi” Pomares estaba implicado en el crimen de su madre: “En ese momento Pomares trabajaba de asesor en el Senado. Era vox pópuli que se había dedicado a reventar gente, igual que toda esta banda del terror”.
Por último, en la audiencia del 19 de junio Mariana Rave, hermana de Ricardo Arturo “Patulo” Rave, militante de la UES asesinado el día 24 diciembre de 1975, contó que los hechos ocurrieron cuando ella tenía 13 años e indicó que “Patulo” tenía 18 años y llevaba 3 meses viviendo en casas de compañeros por razones de seguridad. Lo secuestraron de la casa de sus padres cuando fue de visita, y la CNU ya había atentado 2 veces contra la casa y secuestrado a un hermano menor de “Patulo” por unas horas. Además por la vía de dos tíos militares, Bernardo y Wilfredo Rave, pudieron averiguar desde dentro que no se trataba sólo del Ejército, sino de la Policía y la CNU. Testimonio similar prestò Marìa Juana Rivas en la audiencia del 21 de junio, madre de “Patulo”, y Federico Rave, que haciendo referencia al operativo en donde secuestran a su hermano, afirmó que el que manejaba el grupo era “El Indio” Castillo, a quien conocía del ámbito de los partidos de fútbol, y que “cuando lo sacan a ‘Patulo’, ‘El Indio’ le dice ‘pibe andá a buscar la ropa, vestíte, traé el DNI que te venís conmigo’”.
La querella de Justicia Ya La Plata basó su legitimación para hacer tal petición y formular requerimiento en el conocido fallo “Santillán, Francisco Agustín” de la Corte Suprema de la Nación en agosto de 1998, donde se estableció que la querella en solitario podrá “no sólo habilitar la posibilidad del dictado de una sentencia condenatoria sino también ampliar la acusación ya en esa etapa”. Luz Santos Morón recordó que el máximo tribunal había fundado por entonces que “si está permitido al querellante formular acusación, no parece razonable impedirle ampliarla, dentro de los límites y siguiendo el estricto procedimiento señalado por la ley para no afectar el derecho de defensa del acusado”.
La abogada Pía Garralda habló directo al tribunal para decir: “Sres. Jueces, tienen la posibilidad de subsanar lo ocurrido en instrucción, de remediar esa determinación que se apartó de toda lógica, incurriendo en un grave daño para los familiares de Urrera y Saticq. Este tribunal no puede juzgar sólo el hecho de Miceli haciendo oídos sordos a los familiares que declararon frente a ustedes”. Y agregó respecto a los otros dos casos, Córica y Rave, que “lo que constituye un hecho nuevo es la responsabilidad directa sobre los imputados”, que no fue tenida en cuenta en instrucción por los jueces Arnaldo Corazza primero y Manuel Humberto Blanco después. Marcó que habiendo superado los familiares el temor de señalar a los asesinos, que no son sólo Castillo y Pomares y que en su mayoría están libres, “primó más la necesidad de obtener, luego de 42 años,  justicia por sus familiares. Sres. Jueces, no pueden desconocer la actitud tan valiente de los testigos”. Por último, Garralda fue contundente al señalar que “remitir a instrucción estos testimonios, implicaría la revictimización de estos compañeros, que nuevamente tendrían que someterse a las implicancias de otras causas; cuando ya hicieron su exposición  nuevamente ante 3 jueces, el Ministerio Público Fiscal, tres querellas y la Defensa en pleno”.


EL RECHAZO
Pese a la razonabilidad del planteo del Justicia Ya, el Tribunal Oral Federal 1 rechazó por unanimidad el pedido de ampliación de la acusación y, excusándose en razones meramente formales, se ensayó una respuesta que deja claro que los magistrados ingenian un conflicto insalvable entre la necesidad de escuchar a las víctimas y el mandato de ajustarse a derecho. Los jueces Germán Castelli, Pablo Vega y Alejandro Esmoris no cuestionaron en ningún momento el contenido del planteo de la querella, sino que se remitieron a cuestiones procedimentales del derecho, sin tener en cuenta que el Estado tiene el deber de resolver en un solo juicio todo aquello que se le atribuye al imputado si tiene a su disposición los elementos para hacerlo.
El Dr. Castelli realizó una sucinta remisión a su voto en el fallo de octubre de 2015 del juicio a la Fuerza de Tareas 5, en causa “Vañek”, donde en disidencia y en minoría negó la ampliación de la acusación sobre 3 marinos imputados porque “violaría, a mi entender, los derechos de defensa en juicio y debido proceso de los nombrados de acuerdo al código ritual vigente, que exige para la apertura de la etapa del juicio oral, que los encausados sean previamente indagados, procesados y requerida la elevación a juicio respecto de ellos, con el debido control de un  tribunal de alzada”. En aquella ocasión su voto en minoría no impidió la ampliación exigida por Justicia Ya y acompañada parcialmente por algunas querellas. Ahora Castelli arguyó la violación del principio del juez natural y del principio penal de “Ne bis in ídem” (“no dos veces sobre lo mismo”) que garantiza a toda persona que no sea juzgada nuevamente por el mismo delito o infracción, haya sido absuelto o condenado. Es de notar que aquí la situación es la inversa. En tono balbuceante, que lo complica a veces para conducir el desarrollo de las audiencias, Castelli trató de argumentar que si hubo errores en instrucción “la solución no puede ser esta porque puede tender a deslegitimar juicios de esta naturaleza”.
A su turno el Dr. Vega desarrolló oralmente una extensa fundamentación de su rechazo al pedido. Porfió que si bien “estamos de acuerdo con no fragmentar las causas, y nos piden que resolvamos problemáticas reales y concretas, lo hacen apelando a un instrumento inadecuado”. Agregó que el artículo 381 “lo presentan de manera forzada en este etapa, ya que no está pensado para destrabar estas situaciones”. Y finalizó diciendo que “si bien el argumento de invocar una ‘justicia real’ con plazos razonables es valedero, no corresponde en materia del proceso penal, donde hay reglas que respetar, que no son azarosas o vetustas. No podemos violar la Constitución Nacional para hacer corresponder el ‘ser’ con el ‘deber ser’. Es más honesto que nos pidan que nos apartemos del Código. SI hubo errores en instrucción, no los podemos corregir en esta etapa”.
Por las dudas, Vega dejó a salvo su posición de adherir a la legitimación plena de la querella privada para hacer este planteo, con independencia de los planteamientos de la querella pública realizada por la fiscalía.
La posición unánime del tribunal la completó el voto del juez Alejandro Esmoris, que se remitió sin mayor esfuerzo a hacer suyos los argumentos del juez Vega. El apego a la constitucionalidad de los actos del Dr. Esmoris viene dejando bastante que desear, ya que ha aplicado arbitrariamente la realización de un nuevo cómputo de detención, vía artículo 7 de la ley 24.390 llamada del “2x1”, para los represores condenados Alejandro Duret en Mar Del Plata 2016 y Abel Dupuy, Ramón Fernández y Catalino Morel en La Plata en junio pasado, habilitando la posibilidad de liberarlos. Tal decisión ha sido debidamente repudiada en las calles de La Plata y, frente al mismo Esmoris, al final de cada audiencia de este juicio por familiares y organismos de Derechos Humanos.

Párrafo aparte merecen las posiciones del resto que las querellas, tanto particulares como del Ministerio Público, que decidieron jugar el juego de la fragmentación y la dilatación de los procesos que el propio poder judicial plantea para estos juicios. En la audiencia, la Dra. Marta Vedio, que representa especialmente en este debate a la Unión por los Derechos Humanos y LADH, afirmó que el planteo de Justicia Ya se asienta en una serie de hechos “que a todos nos preocupan e indignan” en lo que definió “un juicio insólitamente fragmentado”. Detalló además que su querella pidió en instrucción la unificación de las causas “Gershanik”, “Urrera”, “Suárez”, “Pizarro” y “Zaldúa y otras” con este proceso que está en pleno juicio. Sumó que en su momento la fiscalía había opinado en instrucción que la causa “Urrera” se unificara, pero no tuvo efecto concreto, pese a la queja de su querella. Sin embargo dijo que “los hechos por los que se está pidiendo ampliar están siendo investigados en el juzgado de instrucción, en distintos estados procesales, y cuentan con querellantes particulares que tienen su propia estrategia procesal que esta querella va a respetar". Con ello negó el acompañamiento al planteo en razón de “coherencia” con su tarea en instrucción. A su turno, el Dr. Pedro Griffo, representante indistintamente de la secretarías de Derechos Humanos de Provincia y Nación (tanto en épocas de CFK-Scioli, como de Macri-Vidal) dijo que no se encontraban en condiciones de acompañar el pedido “toda vez que la totalidad de los casos por los que se intenta la ampliación están siendo investigados en otras causas donde ambas secretarías estamos presentadas como parte querellante”. Los fiscales Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira, que en el juicio FT5 de 2015 habían acompañado un pedido de ampliación (aunque sólo en 1 de las 15 víctimas), dejaron en claro su acuerdo en la posibilidad autónoma de las querellas en pedir la ampliación, pero apuntaron que “la posición y estrategia de esta fiscalía ha sido que se desarrolle en primera instancia la posibilidad de ahondar e investigar estos hechos, por eso en su momento avanzamos con el requerimiento de elevación a juicio tal cual está hoy planteado aquí”.


UNA REFLEXIÓN
Si la práctica del Derecho es un sutil juego de verdades y ocultamientos, aquí quedó expresado que ante una realidad incontestable, primaron las razones formales, porque admitir que  se dan los  supuestos para la procedencia de una ampliación de la acusación, no implica para los jueces adelantar criterio sobre una eventual  condena, y los defensores tienen potestad para realizar sobre el punto los planteos que consideren oportunos.
Pero además, los testimonios de los familiares de las víctimas que han mencionado a los imputados de este juicio como partícipes de los crímenes que se ventilan en este debate no pueden ser tomados como meros “elementos de contexto” porque si en nombre de supuestas  garantías se les niega a las victimas el derecho a esa verdad, también el proceso se ve cuestionado. La respuesta de la justicia a los familiares de las víctimas, curiosamente acompañada por algunas querellas privadas y públicas, no puede remitirse a que sigan esperando el cauce natural del proceso penal a 42 años de los hechos.
La posición del actual Tribunal Oral 1de rechazar la ampliación de la acusación amparándose en razones de garantías de los imputados olvida el derecho de las víctimas  al debido proceso. Máxime cuando la cansina dinámica de estos procesos por delitos de lesa humanidad, que conlleva décadas de tardanza del Estado en su responsabilidad por investigar y condenar a los responsables, por ahora no ofrece garantías reales de un nuevo juicio a los represores de la CNU en La Plata, por defecciones varias de la justicia o por la incierta supervivencia de los imputados, donde difícilmente habrá prueba nueva a analizar, y sobre todo cuando se soslaya que la justicia que llega tarde y fragmentada no es justicia.


LAS AUDIENCIAS CONTINÚAN EL 10 DE JULIO A LAS 10 HS EN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE 8 Y 51. PARA PRESENCIARLAS SOLO SE NECESITA SER MAYOR DE EDAD Y PRESENTAR DNI.

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