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lunes, 4 de julio de 2011

Torturas en la Comisaria nº 9 de La Plata (Ex CCD).

AL TITULAR DEL LA U.F.I. EN TURNO
SU DESPACHO:


Julian Axat Della Croce, Titular de la Defensoría del Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil N°16 Departamental, con motivo de la formación de la I.P.P.N° 06-00-22275/11 por resistencia a la autoridad y tva. de robo, expediente en el que intervengo de acuerdo a la Ley 13.634 del Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, asistiendo a G. S. y D. R., de 17 años de edad; ello de conformidad con el art. 21 incisos 1 y 2 de la ley 12.061, y los arts. 3 y 37 incs.a, c y d de la Convencion Internacional sobre los Derechos del Niño. Asimismo, acompañan firmando esta denuncia, el Comité Contra la Tortura de la Provincia de Buenos Aires representado por la Dra. Alicia Inés Romero. A VS. nos presentamos y respetuosamente decimos:

I.- Objeto
Que por el presente venimos a realizar formal denuncia penal contra el personal de calle de la Comisaría 9° de La Plata, con motivo de torturas, apremios ocurridas en la noche del día 24 de Junio del corriente mes y año, en perjuicio de los jóvenes G. S. y D. R., de 17 años de edad.-

II.- Hechos
Que en el día de hoy, 24 de Junio de 2011, la Defensoría Penal Juvenil en turno en esta ciudad de La Plata recibe llamado telefónico de la Comisaría 9° La Plata, por la que se informa la aprehensión de los jóvenes G. S. y D. R., de 17 años , con motivo del presunto delito de Resistencia a la autoridad y tva de robo; haciéndonos saber que los mismos se encontraban lesionados en razón de la resistencia.-
Que en el día de la fecha los jóvenes se presentan ante este Poder Judicial, y expresa en esta sede de la Defensoría Penal Juvenil lo siguiente:
“Que eran más o menos las doce de la noche, estabamos yendo para nuestra casa junto con mi primo Raúl, estabamos caminando por la calle, vemos que aparece la policía como que se nos vienen encima, nos asustamos porque escuchamos tiros al aire, la policía nos agarra y nos tira al piso, ahí nos empiezan a pegar patadas en el piso, nos pegan con palos, eran como siete u ocho policías. Como era de noche no había nadie en la calle, estabamos mi primo y yo, y gritabamos para que no nos peguen más. Como no paraban, gritamos más fuerte, ahí como que se ensañaron y a mí me pegaban patadas en la cabeza, en el cuerpo, me pegaron en el ojo, y no puedo ver. Nos estuvieron pegando como quince minutos, nos decían que nos iban a matar, que nos iban reventar en la comisaría. Ahí nos llevan hasta el hospital a la guardia, y más tarde a la comisaría donde nos volvierona amenazar si denunciabamos lo que nos habían hecho. Luego nos llevaron a Registro en calle 3 y 63” (Relato de G.)
Que prima facie los dichos del joven G. coinciden con constancias objetivas de la IPP formada por resistencia a la autoridad y el presunto delito de tva de robo que lleva el N° 222.75-11, en especial RML donde se constata el tipo de lesiones padecidas (adjunto tal constancia).-
Asimismo las lesiones denunciadas coinciden con el informe médico que realiza la Asesoría del Cuerpo Técnico Auxiliar del Poder Judicial.-
Se acompañan fotografías tomadas en el día de la fecha, los que ilustrarían los golpes y lesiones padecidas.

III.- Derecho.
Que los hechos que aquí se denuncian resultan ser muy graves, y merecen ser investigados en forma urgente, encontrándose -prima facie- contemplados en el art. 144 ter y cuarto del CP.-
Que la situación amerita el cumplimiento inmediato de la Resol. 1390/01 de la Procuración Provincial.

IV.- Prueba.
Solicito:
- Se solicite copia de la IPP 222.75-11
- Se cite a declarar al médico de policia que realiza el RML en IPP 222.75-11

V.- Preserve la integridad física de los jovenes.
Por último solicitamos a VS. se preserve la integridad física de los jovenes, disponiendo la medida que crea conveniente a tales efectos.

VI.- Curse Oficio a Asuntos Internos - Pase a disponibilidad.
Solicitamos a VS. que con urgencia curse oficio a la Dirección de Asuntos Internos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se inicio el el tramite sumario correspondiente.-

VIII.- Petitorio.
Por todo ello solicitamos:
Reciba la presente denuncia, bajo el parámetro de la Resol. 1390/09.-
Reciba la documentación que se acompaña.-
Se diligencie la prueba peticionanda en forma urgente.-
Se preserve la intergridad del joven y de su familia.-
Se de intervención a Asunstos Internos.-
recabada la prueba, se cite a prestar declaracíon a las personas implicados conforme el art 144 ter y cuart CP.

De acreditarse los hechos, se juzgue y condene al personal policial implicado.
proveer de conformidad
SERA JUSTICIA.


Fuente: La Cantora

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